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Expte Nº: 00194/11 -- Fº 1 -- AÑO: 11 Z. G. A. y D. R. F. L. S/ Div. por Pres. conjunta Formosa, 18 de Diciembre de 2013.- Agréguese el dictamen de ProductIDla Sra.ProductIDla Sra. Asesorala Sra. Asesora de Menores de Cámara que antecede y, visto lo peticionado, teniendo en cuenta los antecedentes de la causa, la cual se encuentra con resolución definitiva - Sentencia Nº 1092/11- obrante a fs. 33/34, que la progenitora de las menores MARIA EUGENIA, GUADALUPE Y SOFIA - todas de apellido DAL RI-, Señora Gabriela Alicia Zorrilla, peticiona autorización para viajar al exterior con las niñas, los motivos que exponen y justifican su pretensión planteada, entiendo que no existe para ésta Magistratura impedimento alguna al respecto; en consecuencia, conforme las facultades conferidas por el art. 36 del CPCC y como Jueza de Trámite (art. 8 inc. "i" del CPTF-Ley 1009/92: RESUELVO: 1º) AUTORIZAR a ProductIDla SeñoraProductIDla Señora GABRIELAla Señora GABRIELA ALICIA ZORRILLA, DNI. Nº ProductID22.809.220, a22.809.220, a viajar con sus hijas menores: MARIA EUGENIA DAL RI, DNI. Nº 39.557.957, GUADALUPE DAL RI, DNI. Nº 41.469.840, y SOFIA DAL RI, DNI. Nº 43.351.197, y/o con sus abuelos maternos, Sr. ALBERTO MARCELO ZORRILLA, DNI. Nº 8.229.869, y ProductIDla Sra.ProductIDla Sra. NELIDAla Sra. NELIDA MARQUEVICHI DE ZORRILLA, DNI. Nº ProductID5.575.747, a5.575.747, a países limítrofes, circulando y permaneciendo con los mismos, durante el mes de enero de 2014 y hasta el 20 de febrero de 2014.- 2º) POR SECRETARIA expídase la correspondiente certificación y/o testimonio al efecto.- 3º) NOTIFIQUESE a las partes personalmente o por cédula y por Secretaría a ProductIDla Sra.ProductIDla Sra. Asesorala Sra. Asesora de Menores de Cámara.- 1 Dra. VIVIANA KARINA KALAFATTICH Juez
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