FORMOSA, 05 de Noviembre de 2020
VISTO:
Que en virtud a que se han tomado con la debida seriedad y con antelación suficiente de tiempo las medidas preventivas de bioseguridad e higiene derivadas de la “Emergencia Sanitaria”, tanto por el Consejo Provincial de Atención Integral del COVID-19 como por ésta Magistratura a través de las Resoluciones Generales N° 152/ 20 y N° 163/20, se ha logrado evitar la propagación ilimitada de la Pandemia que acecha al mundo entero, reduciendo al máximo posible el contagio entre los conciudadanos formoseños y especialmente entre la población carcelaria. Y,
CONSIDERANDO: