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Acuerdo 2461 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2461

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En Formosa, Capital de la Provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintiséis de julio de dos mil seis, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el Señor Presidente doctor Héctor Tievas y los señores Ministros doctores Eduardo Manuel Hang, Ariel Gustavo Coll y Carlos Gerardo González, encontrándose ausente en uso de licencia la doctora Arminda del Carmen Colman a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones del Registro de la Secretaría de Gobierno: 1º) Nº 320/06 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se concede al agente José Luis Bullon licencia por enfermedad de largo tratamiento desde el 20 de junio y hasta el 15 de julio del presente año y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del RIAJ. 2°) N° 322/06 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se designa el personal del Excmo. Superior Tribunal de Justicia que cumplirá funciones durante la Feria Judicial Invernal del año 2.006. 3°) N° 324/06 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se resuelve prorrogar al doctor Carmelo José Todone, por razones de servicio, la licencia compensatoria de la Feria Judicial Invernal año 2.006, debiendo hacer uso de la misma en el transcurso del corriente año, en virtud de lo normado en el artículo 39 del RIAJ. 4°) N° 325/06 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se deja sin efecto la designación dela doctora Maria Eugenia García Nardi como autoridad de Feria para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de esta ciudad y para el Juzgado Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores Nº 7 de El Colorado, concediéndosele la pertinente autorización para realizar tareas en el Juzgado a su cargo; designando en su reemplazo como autoridad de Feria Invernal año 2.006 a la doctora Luisa D. Valdarenas, prorrogándosele el uso de la licencia compensatoria de feria como lo solicita hasta el treinta de agosto del corriente año. 5°) N° 329/06 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se concede a la doctora Viviana Beatriz Portillo autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción el día 06 de julio del año en curso en horario vespertino, a fin de que asista al “Curso Interdisciplinario de Actualización; Régimen de Protección Integral de los Niños” a realizarse en la ciudad de Resistencia (Chaco), en virtud de lo normado en el artículo 56 del RIAJ, con cargo de oportuna justificación. 6°) N° 331/06 – Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se concede a la doctora Alcira T. Gallardo licencia para ausentarse de sus funciones para los días 24 al 26 de julio del corriente año de conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 bis del RIAJ. 7°) N° 333/06 – Sec. Gob. Sup. – En virtud de la cual se concede al agente Néstor Raúl Acosta, la prorroga de la licencia por atención de familiar enfermo desde el día 1ro y hasta el 07 de julio del año en curso, en virtud de lo normado en el artículo 54 del RIAJ con cargo de oportuna justificación. 8°) N° 334/06 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se resuelve prorrogar a la escribana Olga Gómez García, por razones de servicio, la licencia compensatoria de la Feria Judicial Invernal año 2.006, debiendo hacer uso de la misma en el transcurso del corriente año, en virtud de lo normado en el artículo 39 del RIAJ. 9°) N° 101/06 – Sec. Gob. Adm.- En virtud de la cual se resuelve aprobar la Licitación Privada Nº 05/06, con apertura el día 29 de junio de 2.006, a las 09:30 hs., adjudicándose la oferta alternativa 02 delos renglones 01 y 02 a la firma Lorena Automotores S.A. 10°) N° 102/06 – Sec. Gob. Adm. – En virtud de la cual se autoriza al Servicio Administrativo Financiero del Poder Judicial a abonar a la señora Graciela Yolanda Peso Polo los montos correspondientes a la locación del inmueble donde funciona el Juzgado Civil y Comercial Nº 5, dejándose en consecuencia sin efecto las resoluciones Nros. 22/06, 181/06, 292/06 y 445/06 -Adm.- dela Secretaria de Gobierno del Excmo. Superior Tribunal de Justicia. 11°) N° 103/06 – Sec. Gob. Adm. – En virtud de la cual se resuelve abonar a la Caja de Seguros S.A. el importe correspondiente al pago de la Póliza Colectiva Nº 5190-0037598-01 perteneciente al Parque Automotor de este Organismo. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Tribunal Electoral Permanente s/ Régimen de Calificación: Visto el Acta Nº 08/06 remitida a conocimiento por el mencionado Tribunal, mediante la cual el mismo resolvió apartarse de lo resuelto por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia en el punto séptimo del Acta Nº 2408/05, punto segundo del Acta Nº 2431/05, punto sexto del Acta Nº 2450/06 y Resolución Nº 93/05 (reg. de la Sec. Gob.), manteniendo el anterior régimen y Foja de Calificación Anual del personal de dicha dependencia, ACORDARON: Tener presente la decisión adoptada por el Tribunal Electoral Permanente en el punto 1º del Acta Nº 08/06, respecto a la planillas de calificación de su personal. TERCERO: Agente Melisa Favatier s/ Pedido: Visto la Nota Nº 4554/06 presentada por la mencionada agente, en virtud de la cual solicita una recomposición salarial en virtud del título de Programadora de Computadoras que ostenta y las tareas que viene cumpliendo, ACORDARON: Atento a su situación de revista, téngase presente para su oportunidad. CUARTO: Señora Juez en lo Civil y Comercial Nº 1, doctora Luisa D. Valdarenas s/ Pedido: Visto la necesidad de adoptar medidas tendientes a optimizar los recursos humanos con que cuenta el Poder Judicial, y CONSIDERANDO: que este Superior Tribunal de Justicia advierte con preocupación, el constante y progresivo pedido de aumento de personal que se formula desde los Juzgados y Tribunales de la Provincia; que las causas que originan tales requerimientos, no obedecen al incremento de la carga laboral, sino a las ausencias de empleados por razones de salud, en ocasiones prolongadas por afecciones de largo tratamiento, tal como se desprende de los distintos Acuerdos que semanalmente realiza éste Alto Cuerpo. Que la incorporación de nuevo empleados a las dependencias que se encuentran en la situación antes descripta, ha motivado la disparidad del número de agentes en los distintos Juzgado y Tribunales, situación que debe corregirse, formulándose la dotación que corresponda a cada unidad jurisdiccional, para lo cual se deberán realizar las consultas pertinentes. Que sin perjuicio de ello, deben arbitrarse medidas tendientes a suplir las ausencias de personal, de manera que no se resienta en lo posible el trabajo cotidiano. Que de acuerdo al resultado satisfactorio que implicó la formación del Cuerpo Letrado de Apoyo (conforme Acta 2364 punto 9º), resulta oportuno instrumentar un sistema análogo, integrado por los aspirantes que corresponda de acuerdo a la Lista de Orden de Méritos vigente y que surge del último concurso de oposición realizado para ingresar al Poder Judicial. Que los empleados así convocados, pasarán a depender directamente de Secretaría de Gobierno, cuyo titular los afectará directamente a los Juzgados de Primera Instancia, dependencias del Ministerio Público,  Tribunales de Instancia Única y/o Cámaras en cada oportunidad en que se produzca  ausencia del personal que les corresponda. Una vez reintegrado el titular del cargo, el agente que lo ha reemplazado volverá a Secretaría de Gobierno, para su afectación a otro organismo. Que asimismo y con el objeto de determinar fehacientemente la cantidad de empleados de cada dependencia jurisdiccional que prestan efectivamente servicios, por Dirección de Recursos Humanos deberá desafectarse del Juzgado o Tribunal al que pertenezcan a aquellos agentes judiciales que se encuentren usufructuando Licencias por razones de salud de largo tratamiento (artículo 49 del RIAJ) por un lapso superior a treinta días, quedando los mismos a disposición del Señor Director, el cual confeccionará un Registro especial para tales fines. El Señor Director de Recursos Humanos deberá comunicar al Secretario de Gobierno, los casos precedentes para que se efectivice de inmediato la afectación del personal transitorio. Que por todo lo expuesto, y en ejercicio de sus atribuciones de superintendencia, ACORDARON: 1. Aprobar la conformación de un Cuerpo de Empleados Administrativos Móvil, que dependerá de la Secretaria de Gobierno, el cual estará integrado indefectiblemente por quienes hubieren aprobado el régimen de concursos para el ingreso al Poder judicial y de acuerdo al orden dela lista de meritos vigentes. 2. Autorizar a Presidencia a convocar a diez (10) aspirantes para integrar el Cuerpo antes indicado, quienes serán afectados por el Secretario de Gobierno a las unidades jurisdiccionales que sufran merma de personal por ausencias transitorias, por cualquier motivo. Una vez reintegrado el titular del cargo, el agente del Cuerpo Móvil volverá a Secretaria de Gobierno. Si el reemplazo se produjera con algún agente que, encontrándose de licencia por enfermedad de largo tratamiento, se hubiera acogido a los beneficios de la jubilación, el empleado transitorio quedara prestando servicios en forma efectiva en el lugar de quien se ha retirado, salvo que se trate de un cargo concursable, en cuyo caso se convocara al concurso respectivo. 3. Disponer que el señor Director de Recursos Humanos confeccione un registro especial, donde se hará constar a los empleados judiciales que se encuentra usufructuando licencia por enfermedad de largo tratamiento (articulo 49 del RAIJ) superior a treinta (30) días, en cuyo caso los dará de baja dela dependencia a la que corresponda, hasta su reintegro efectivo. En cada caso, deberá comunicarse la situación del agente en inactividad al Secretario de Gobierno, para efectivizar la afectación del personal transitorio. 4. Los Secretarios de Juzgados de Primera Instancia, Tribunales de Instancia única, Cámaras y funcionarios del Ministerio Publico, deberán solicitar al Secretario de Gobierno la afectación de personal del Cuerpo de Empleados Administrativos Móviles, cuando registren ausencias de su propio personal por mas de cuarenta y ocho horas o resulte de extrema necesidad. 5. Facúltese a Presidencia a dictar las medidas reglamentarias complementarias que se requieran para la ejecución de la presente Resolución. QUINTO: Locación de Inmueble: Visto las actuaciones tramitadas en el expediente iniciado por Acta Nº 2451, punto 9, tendientes a conseguir un local donde pueda funcionar el futuro Juzgado de Paz de El Colorado, ACORDARON: Facultar a Presidencia a suscribir el contrato de locación pertinente, de acuerdo a las actuaciones tramitadas de conformidad con lo resuelto a tal fin en el Acta 2451, punto 9. SEXTO: Señora Directora del Servicio Administrativo y Financiero, CPN Marta Zayas de Pistoia s/ Pedido: Visto el pedido de aclaratoria formulado por la señora Directora del Servicio Administrativo y Financiero respecto a los alcances dela Resolución Nº 82/06 – Adm. -, ACORDARON: Aclarar que el articulo 1º de la resolución Nº 82/06 se aplicara a todos los agentes judiciales, cualquiera sea su escalafón y situación de revista, debiendo liquidarse en los empleados de planta transitoria de conformidad al cargo inicial de su respectivo escalafón. El señor Ministro doctor Carlos Gerardo González dijo que respecto a lo tratado en este punto y en orden a los antecedentes establecidos en el decreto–ley Nº 780/79, su modificatoria Nº 885/80 y lo dispuesto por este Superior Tribunal de Justicia en el articulo 1º de la Resolución Nº 82/06 quedan excluidos del pago del adicional por permanencia en el cargo el personal que se halla en Planta Transitoria. El adicional progresivo que fija la ley Nº 780, sin mayor esfuerzo contempla el respeto irrestricto a la carrera administrativa al que se accede al adquirir la estabilidad que le otorga su incorporación a la Planta Permanente. No obstante el ejemplo rector para el caso, y por imperativo constitucional, es el de los Jueces de Paz; que no pueden ser alcanzados por este beneficio cuando el propio articulo 169 de la Constitución Provincial establece como plazo de estabilidad contractual en el cargo solamente por cuatro años. SÉPTIMO: Señor Juez del Juzgado de Paz de Menor Cuantía Nº 1 (Cap.), doctor Alan R. Arreseygor s/ Pedido: Visto el pedido formulado por el citado Magistrado por la que solicita autorización para que los días restantes del compensatorio de la Feria de Diciembre de 2.005 y Enero de 2.006 que le corresponden, así como los del compensatorio del receso invernal julio de 2.006, les sean prorrogados por estrictas razones de servicio, comunicando asimismo que indefectiblemente serán gozados de manera indefectible antes del 30 de diciembre de 2.006, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita. OCTAVO: Agente Fátima Celias de Mendieta s/ Pedido:  Visto la Nota N° 4.607 presentada por la mencionada agente, en virtud de la cual solicita se le conceda la licencia contemplada en el sexto párrafo del artículo 45 del RIAJ atento que por Resolución Nº 239/06 se le ha concedido la guarda con fines de adopción de la menor Maria Lujan Espínola, ACORDARON: Conceder a la agente Fátima Celias de Mendieta la licencia solicitada, atento la documentación presentada, a partir del 28 de junio de 2.006 (artículo 45 del RIAJ). NOVENO: Agente Rommy Grisel Daldovo s/ Pedido: Visto la Nota N° 4.798 presentada por la mencionada agente, en virtud de la cual solicita se le conceda el primer período de la licencia por maternidad, ACORDARON: Atento a la documentación presentada, concédase a la agente Rommy Grisel Daldovo la primer parte de la licencia por maternidad desde el 03 de julio al 15 de agosto de 2.006 (artículo 45 del RIAJ). DÉCIMO: Agente Fotini Teodora Drichos s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Fotini Teodora Drichos desde el 1ro de julio y hasta el 22 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ), dándose de baja a la misma del Poder Judicial a partir del 23 de agosto de 2.006. Por el Servicio Administrativo Financiero abónense los emolumentos pendientes. DÉCIMO PRIMERO: Agente Gladys Evelyn Morel s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Gladys Evelyn Morel desde el 13 de julio al 11 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). DÉCIMO SEGUNDO: Agente Víctor Luis Prini s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionado agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento al agente Víctor Luis Prini desde el 03 de julio de 2.006 (artículo 49 del RIAJ), dándosele de baja del Poder Judicial a partir del 1ro de agosto del corriente año, de conformidad al informe de la Dirección de Recursos Humanos y al articulo 49 del RIAJ abonándosele los emolumentos que correspondan. DÉCIMO TERCERO: Señorita María Elvira Ibarra s/ Adjunta Fotocopia: Visto la nota Nº 5.079 presentada por la mencionada persona por la que adjunta copia certificada del Acta de Defunción de su madre, María Inés Cáceres, ACORDARON: Dar de baja del Poder Judicial a la señora María Inés Cáceres a partir del 16 de julio de 2.006, con intervención del Servicio Administrativo y Financiero y de la Dirección de Recursos Humanos a los fines pertinentes. DECIMO CUARTO: Agente Juana Fretez de Rivarola s/ Pedido: Visto la nota Nº 5.020 presentada por la mencionada agente donde solicita autorización para continuar con el beneficio de reducción de horario laboral concedido en su oportunidad  por el punto Vigésimo del Acta 2.440, ACORDARON: Atento a la documentación presentada, continúese con el régimen de reducción horaria hasta obtener el resultado de la próxima Junta Medica. DECIMO QUINTO: Agente Carmen Alodia Chávez s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Carmen Alodia Chávez desde el 07 de julio y hasta el 05 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). DÉCIMO SEXTO: Agente Mario Ramírez s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento al agente Mario Ramírez desde el 16 de julio y hasta el 14 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). DECIMO SÉPTIMO: Agente Natalia Soledad Rejala s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Natalia Soledad Rejala desde el 06 de julio y hasta el 04 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). DÉCIMO OCTAVO: Agente María Cristina Peralta s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente María Cristina Peralta desde el 16 de julio y hasta el 13 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). DÉCIMO NOVENO: Agente Avelina Favatier s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Avelina Favatier desde el 26 de julio y hasta el 26 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). VIGÉSIMO: Agente Francisco Rojas s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionado agente, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud al agente Francisco Rojas desde el 31 de julio y hasta el 29 de agosto de 2.006 (artículo 49 del RIAJ), debiendo el agente en cuestión acreditar el tratamiento que le ha sido indicado. VIGÉSIMO PRIMERO: Señora Juez del Juzgado en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores Nº 7 – El Colorado – doctora Diana Pamela Ifran s/ Pedido: Visto la Nota N° 4.966 presentada por la mencionada Magistrada donde solicita se le conceda el primer período de la licencia por maternidad, ACORDARON: Atento a la documentación presentada, concédase a la doctora Diana Pamela Ifran la primer parte de la licencia por maternidad desde el 15 de julio de 2.006 (artículo 45 del RIAJ). VIGÉSIMO SEGUNDO: Señora Juez del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1 dela Segunda Circunscripción Judicial, doctora Ángela del Carmen Doldán s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionada Magistrada, como asimismo los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la doctora Ángela del Carmen Doldán desde el 30 de junio y hasta el 29 de julio de 2.006 (artículo 49 del RIAJ). Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-

 

 

 

                              HÉCTOR TIEVAS                                                  EDUARDO MANUEL HANG

 

 

 

 

 

                   ARIEL GUSTAVO COLL                                                            CARLOS GERADO GONZALEZ

 

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