A C T A Nº 2. 5 20
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintiuno de noviembre de dos mil siete, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el señor Presidente doctor Eduardo Manuel Hang y los señores Ministros, doctores Arminda del Carmen Colman Ariel Gustavo Coll, Héctor Tievas y Carlos Gerardo González, y con la presencia del señor Procurador General, doctor Claudio Ramón Aguirre, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones: 1º) Nº 657/07 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se resuelve dejar sin efecto la licencia concedida a la Dra. Telma C. Bentancur para los días 12 al 25 de noviembre del presente año, prorrogándosele la misma hasta fecha a determinar (art.39 del R.I.A.J.). Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Expte. Nº 8813/07 “Sr. Procurador General, Dr. Claudio Ramon Aguirre s/ Informe”: Atento al informe brindado por el Sr. Procurador General, y sin perjuicio de las atribuciones que el titular del Ministerio Público tiene para la asignación de casos a los funcionarios de su área, ACORDARON: Recomendar a los Jueces del Tribunal de Familia que coordine el calendario de Audiencias con los miembros del Ministerio Público de Cámara que corresponda intervenir. TERCERO: Sra. Juez de Menores de la 2da. Circunscripción, Clorinda –Dra. Mirta Graciela Oviedo- s/ Pedido: Visto lo peticionado por la mencionada Magistrada, requiriendo se nombre un relator a fin de que colabore en el Juzgado a su cargo, ACORDARON: No ha lugar a lo solicitado, de acuerdo a los términos del Acta Nº 2514 Pto. 6º. CUARTO: Dr. José Luis Huel s/ Pedido: Y Vistos, la solicitud de personal y atendiendo a que sólo puede incorporarse personal para cubrir vacantes efectivamente producidas, ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. QUINTO: Sr. Juez de Ejecución Penal -Dr. José Luis Huel- s/ Informe: Visto el informe elevado por el citado Magistrado, ACORDARON: Tener presente y remitir copia al Sr. Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo del Poder Ejecutivo Provincial. SEXTO: Psicóloga Patricia Castro s/ Informe: Y Vistos: El pedido formulado por la Psicóloga Patricia Castro tendiente a establecer criterios adecuados de privacidad y respeto profesional en relación a los informes psicológicos de personas condenadas o en proceso penal y atendiendo a que el interno tiene derecho a conocer los informes que a él se refieran, por mandato del art. 18 de la Constitución Nacional para preservar su derecho a la impugnación, ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. SEPTIMO: ”Norma reglamentaria sobre asistencia de Magistrados de turno a Cursos, Congresos y/o Eventos Académicos y/o Actividades Científicas, Culturales o Deportivas”: Y Vistos: la necesidad de reglamentar la asistencia de los Magistrados y Funcionarios que se encuentren de turno, por razones de mejor servicio, ACORDARON: Disponer que aquellos Magistrados que se encuentran de turno, en razón de sus funciones, no podrán ausentarse para la participación de Cursos, Jornadas y/o Eventos Académicos y/o Actividades Científicas, Culturales o Deportivas, cuyas fechas coincidan con los días en que se encuentran de turno, a excepción de aquellos que se encuentran realizando Cursos de Post-grado o de Especialización cuya duración se extienda a lo largo del año y la superposición de fechas resulte insoslayable o lo autorice expresamente el Superior Tribunal de Justicia. OCTAVO: Sr. Juez del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1 –Dr. Ruben Antonio Spessot- s/ Informe: Atendiendo a los términos del Acta 2272 Pto 5º inc. 3º, ACORDARON: Autorizar a que permanezcan hasta tres (3) empleados en el Juzgado de Instrucción Nº 1, durante la próxima feria judicial. NOVENO: Sr. Jefe del Cuerpo Médico Forense –Dr. Juan Carlos Acosta Ferreira- s/ Informe: Visto la Nota N° 9144/07 presentada por el citado Director en virtud de la cual informa la nómina del personal que prestara servicios en la Feria Judicial Ordinaria Año 2008, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita. DÉCIMO: Agente Natalia Karina Mancuello s/ Historia Clinica: Visto las historias clínicas e informes de la Dirección Médica Forense, ACORDARON: Estar a lo dispuesto en el Acta 2510 Punto 13º, teniéndose por justificadas las inasistencias por razones de salud. DÉCIMO PRIMERO: Agente Manuela Ruiz / Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada por la mencionada agente, así como los informes de la Dirección Medica del Poder Judicial y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Justificar la licencia concedida a la agente Manuela Ruiz por el período que va desde el día once de noviembre y hasta el día diez de diciembre de dos mil siete inclusive (Conf. artículo 49 del RIAJ) DÉCIMO SEGUNDO: Agente Héctor Ramón Olazar s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada por el mencionado agente, así como los informes de la Dirección Medica del Poder Judicial y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Justificar la licencia concedida al agente Héctor Ramón Olazar por el período que va desde el día diez de noviembre y hasta el día nueve de diciembre de dos mil siete inclusive (Conf. artículo 49 del RIAJ). DÉCIMO TERCERO: Agente Andrés González s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada por la mencionada agente, así como los informes de la Dirección Medica del Poder Judicial y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Justificar la licencia concedida al agente Andrés González por el período que va desde el día diecisiete de noviembre y hasta el día dieciséis de diciembre de dos mil siete inclusive (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO CUARTO: Disposiciones sobre Control de Ingreso y Egreso del Personal: Y Vistos: Que por Acta 409 punto 4º y Acta 757 punto 3º del Superior Tribunal de Justicia se estableció un mecanismo para el contralor del ingreso y permanencia del personal, como así también del egreso mediante salidas o permisos transitorios. Que teniendo en cuenta que dichas disposiciones datan de los años 1967 y 1971 respectivamente, resulta pertinente realizar una actualización de las mismas que reflejen la estructura actual del Poder Judicial de la Provincia; que la reglamentación respectiva debe estar en concordancia con la legislación vigente en la materia, especialmente el art. 89 de la Ley Orgánica Judicial, en cuanto pone en cabeza de los Secretarios de cada instancia y fuero, la dirección del personal que en cada caso corresponda, lo que trae como consecuencia la necesidad de modificar a su vez el art. 260 del R.I.A.J.- Que en consecuencia y por mandato del art. 89 de la Ley Orgánica Judicial, ACORDARON: 1º) Encomendar a los Secretarios y Directores de cada área, la fiel observancia y el estricto cumplimiento del horario y permanencia del personal en sus lugares de trabajo; 2º) Ningún empleado podrá ausentarse de su lugar de trabajo, sin previa autorización escrita de su superior, la que deberá registrarse en cada caso y comunicarse a la Dirección de Recursos Humanos dentro de las 48 horas. 3º) Antes de las 07,30 horas de cada jornada de trabajo, el Secretario o el Director de cada área en su caso, deberá constatar la presencia de los empleados de su dependencia, en una circular con la firma de los mismos, la que deberá ser remitida de inmediato a la Dirección de Recursos Humanos, informando en la misma circular las inasistencias y/o tardanzas que se hubieren producido. 4º) La Dirección de Recursos Humanos se limitará a recibir la Circular, con la firma del Responsable y la agregará al Legajo de cada dependencia, registrando en los legajos de los agentes, las tardanzas o inasistencias que se informen, a los fines pertinentes. 4º) El contralor de los empleados de los Ministerios Públicos, estará a cargo de los titulares de cada Fiscalía, Defensoría y Asesoría, tanto de primera como de segunda instancia. Respecto al personal de la Procuración General, a través del funcionario que el Sr. Procurador determine. 5º) Modificase el artículo 260 del RIAJ, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “La Dirección de Recursos Humanos, realizará el control sobre las planillas que diariamente remitan los Secretarios y/o Directores de cada Área, estándole vedado realizar correcciones a las mismas a cuyo efecto supervisará en la medida de lo posible y a través de los mecanismos que en cada caso determine el Director, las Tarjetas de Asistencia del personal. En caso de detectar discordancia entre las mismas y la Circular remitida diariamente por los Secretarios y/o Directores, deberá poner en conocimiento de la situación al Sr. Secretario de Gobierno, para que adopte las medidas que considere necesarias. La Dirección de Recursos Humanos deberá recibir los pedidos de reconocimiento médico, justificación de impuntualidades, circulares enviadas por los Secretarios y/o Directores y volcar todo ello en un informe semanal que deberá presentar ante Secretaría de Gobierno antes de las 10,00 horas de cada Viernes o día hábil posterior si aquel fuese feriado. Cuando reciba pedidos de reconocimientos médicos, deberá dar inmediato aviso a la Dirección Médica Forense y al Secretario o Director de quien dependa el empleado, preferentemente mediante correo electrónico o contacto telefónico”. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-
EDUARDO MANUEL HANG ARMINDA DEL CARMEN COLMAN
ARIEL GUSTAVO COLL HECTOR TIEVAS
CARLOS GERARDO GONZÁLEZ CLAUDIO RAMON AGUIRRE