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Acuerdo 2760 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2760

A C T A  N°  2 7 6 0

En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día diecinueve de junio del año dos mil trece, se reúnen en  la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, doctor Ariel Gustavo Coll, los señores Ministros, doctores Eduardo Manuel Hang, Guillermo Horacio Alucín, Marcos Bruno Quinteros y Ricardo Alberto Cabrera, con la presencia del señor Procurador General Dr. Sergio Rolando López, para considerar:

PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de los dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes resoluciones: 1º) Nº 364/13 (Sup.) Por la que se autoriza a las agentes María S. Bertuol, Nora A. Sbardella y Norma del Carmen Torales a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 27 y 28 de junio del año en curso, para poder asistir al “XI Encuentro de Responsables de Mediación de los Poderes Judiciales” organizado por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a llevarse a cabo en la ciudad de Resistencia (Chaco) con cargo de oportuna justificación (cf. art. 56 del R.I.A.J); 2°) N° 365/13 (Sup.) Por la que se deja sin efecto en todos sus términos la autorización concedida a la Dra. Claudia I. Carbajal Zieseniss mediante Resolución nº 314/12 (Sup) y a pedido de la interesada, fundada en razones de servicios; 3°) N° 366/13 (Sup.) Por la que se autoriza a la agente Irene María Lisa López León a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción desde el día 17 al 21 del mes y año en curso, para poder asistir al “XI Seminario de Gestión Judicial” que se realizará en la Ciudad de Lima (Perú), con cargo de oportuna justificación (cf. art. 56 del R.I.A.J.); 4º) Nº 368/13 (Sup) Por la que se autoriza a la agente Fátima María del Carmen Gutiérrez a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción desde el día 17 al 24 del mes y año en curso, para poder asistir al “XI Seminario de Gestión Judicial” que se realizará en la Ciudad de Lima (Perú), con cargo de oportuna justificación (cf. art. 56 del R.I.A.J.). Todo lo cual ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.

SEGUNDO: Expte. Nº 20 – Fº 89 – Año 2013 c/ “Asociación Judicial Formosa s/presentación”: Y VISTOS: Que la Asociación Judicial Formosa mediante presentación del día 17 de junio de 2013, solicita “se deje sin efecto...el acto administrativo por el cual se ordenara descontar de los haberes de los trabajadores judiciales, los días de paro realizados durante el mes de mayo del corriente año, adhiriéndose a las medidas de fuerza patrocinadas por la entidad gremial”. Para fundar tal pretensión, argumentan que, si bien admiten “que cuando se produce una huelga la relación laboral se encuentra suspendida y el empleador no está obligado a abonar la retribución en atención a que durante ese momento no hay contraprestación de servicios”, existiría una excepción en la cual se deberían pagar los salarios correspondientes al período de huelga, cuando la medida de fuerza es producto de conductas patronales “gravemente injuriosas”. Es sobre éste aspecto que solicitan entonces que excepcionalmente se abonen los haberes por los días y horas en que parte de los empleados judiciales estuvieron sin prestar servicios por adherir a medidas de fuerza, al entender que  ha existido “un incumplimiento por parte del Alto Cuerpo, del compromiso asumido con los trabajadores, consistente en la reestructuración de cargos presupuestados y ocupados, durante el primer trimestre del año en curso”. Que en principio corresponde señalar que el régimen remunerativo por servicios no prestados por agentes adheridos a medidas de fuerza, se encuentra vigente desde el 26 de agosto del año 2009, aprobado por Acta nº 2593 punto 3º, y es sobre ese acto de gobierno del Superior Tribunal de Justicia que ahora se encomendó al Servicio Administrativo Financiero a cumplir con la medida allí prevista. Que en cuanto al grado de responsabilidad que se pretende atribuir a éste Tribunal, oportuno es recordar que gran parte de los compromisos asumidos con la Asociación Judicial Formosa en los últimos meses del año 2012, fueron cumplidos y ya ejecutoriados, como lo acreditan las Resoluciones nº 157/12 y nº 270/12,  que asignaron beneficios diferenciados al personal judicial, quedando pendiente la reestructuración de cargos para asegurar una mayor cantidad de ascensos, tal como fuera solicitado por la Asociación Judicial Formosa y que tal como ya se explicara hasta el hartazgo requería para su oportuna implementación, de una aprobación presupuestaria que excede la competencia de éste Superior Tribunal de Justicia, como se les informara mediante Notas de Presidencia los días 20 de mayo de 2013 y 04 de junio de 2013, y como la propia Asociación Judicial Formosa lo señalara en la propuesta que fuera recientemente presentada, cuando reconoce que para poder acceder a la reestructuración pretendida, se necesitan Seis Millones Ciento Sesenta Mil Novecientos Veintisiete con cincuenta centavos ($6.160.927,50), que no existen en el actual presupuesto, por lo que corresponde rechazar enfáticamente la atribución de injuria grave que se pretende endilgar infundadamente a éste Superior Tribunal de Justicia. En este punto, no puede dejar de soslayarse que tanto el Presidente como los Señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia realizaron ingentes gestiones ante las autoridades correspondientes  para poder obtener la reestructuración pretendida, las cuales se encontraban muy avanzadas, hasta que la intempestiva medida de fuerza decretada por la entidad gremial frustró toda posibilidad de acuerdo, dispuesta justamente el mismo día en que se había gestionado una audiencia conjunta con autoridades de la cartera económica. Que siendo así, absurdo resulta pretender atribuir a la máxima conducción del Poder Judicial no realizar los esfuerzos necesarios para mejorar la situación de los empleados judiciales, cuando gran parte de los reclamos ya han sido satisfechos, sin que implique por cierto, desatender los planteos razonables que puedan formularse, en aras de superar la situación existente, por lo que, estando vigente el régimen aprobado por Acta 2593 punto 3º, ACORDARON: No hacer lugar al pedido de la Asociación Judicial Formosa, manteniendo el sistema establecido en la Acordada 2593 punto 3º.  

TERCERO: Sra. Juez de la Sala Iª del Excmo. Tribunal del Trabajo Dra. Diana Pamela Ifrán s/Pedido Y VISTOS: Que la Señora Juez de la Sala Primera del Excmo. Tribunal del Trabajo, Dra. Diana Pamela Ifrán solicita se designe un empleado abogado para cubrir la vacante generada por la designación del Dr. Hugo del Rosso, como Juez de la Sala IIIª del mismo Tribunal; que teniendo en cuenta que el nombrado se desempeñaba como Secretario Relator de la Sala Primera, deberá readecuarse la presentación de conformidad a la reglamentación vigente, por lo que, ACORDARON: Tener presente para su oportunidad.

CUARTO: Sra. Juez de la Sala Primera del Excmo. Tribunal del Trabajo Dra. Diana Pamela Ifrán s/Pedido. Y VISTOS: Que la Señora Juez de la Sala Primera del Excmo. Tribunal del Trabajo, Dra. Diana Pamela Ifrán, solicita se designe un (1) ordenanza para la dependencia, fundado en que, quien cumple esa función, el agente Blas Rodolfo Bobadilla, por Acta 2748, debe cumplir tareas que no impliquen salir del edificio del tribunal, no dando abasto quien lo reemplaza para efectivizar los distintos servicios que se demandan diariamente; que la Dirección de Recursos Humanos informa la situación del nombrado, a quien efectivamente se le deben asignar tareas que sólo pueden cumplirse dentro del edificio del Tribunal del Trabajo; que esa situación no justifica que se deba contratar un nuevo empleado, en tanto puede realizarse una reasignación de funciones que respete lo antes dispuesto en beneficio de la salud del agente, por lo que   ACORDARON: Téngase presente.

QUINTO: Sra. Defensora de Pobres y Ausentes de Cámara Nº 2 Dra. Silvia Córdoba s/pedido Y VISTOS: Que la Señora Defensora de Pobres y Ausentes de Cámara Nº 2 Dra. Silvia Córdoba, solicita el traslado de la abogada Teresa Sanabria del Juzgado Civil y Comercial nº 5 a la dependencia a su cargo, contando con la conformidad de la Señora Jueza subrogante del Juzgado Civil y Comercial nº 5, Dra. Graciela Patricia Lugo, fundado en la necesidad de contar con profesionales teniendo en cuenta la problemática que trata la Defensoría; que la Dirección de Recursos Humanos informa la situación de la agente Teresa Sanabria y la dotación de personal de la Defensoría de Pobres y Ausentes de Cámara Nº 2, que teniendo en cuenta que el Juzgado Civil y Comercial nº 5 se encuentra sin juez titular a la fecha, ACORDARON: Tener presente lo solicitado para su oportunidad. 

SEXTO: Sr. Juez del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial Dr. Julio Mauriño s/Pedido Y VISTOS: Que el Señor Juez de Instrucción y Correccional nº 1 de la segunda circunscripción Judicial, Doctor Julio Raúl Mauriño, solicita que se designe un (1) empleado administrativo para el juzgado a su cargo, por las razones que expone, de las que concluye que su dependencia ha sufrido una disminución cuantitativa y cualitativa en materia de recursos humanos; que la Dirección de Recursos Humanos informa sobre la dotación de personal del Juzgado de Instrucción y Correccional nº 1 de la ciudad de Clorinda, las sucesivas licencias por razones de salud del agente Higinio Alejandro Cabral y el traslado del agente Gustavo Raúl Roa por lo que ACORDARON: Hacer lugar como se solicita facultando a Presidencia a convocar a un aspirante de la lista de orden de mérito del escalafón administrativo de la segunda circunscripción judicial.  

SEPTIMO: Sra. Secretaria del Juzgado de Ejecución Penal Dra. Liliana del Carmen Ayala s/Pedido Y VISTOS: Que la Señora Secretaria del Juzgado de Ejecución Penal Dra. Liliana del Carmen Ayala, solicita que se afecten dos (2) empleados a la dependencia, advirtiendo –entre otras consideraciones- que la necesidad obedece al cúmulo de trabajo del juzgado, el crecimiento de las actividades propias de la ejecución penal, sobre todo desde la implementación de la Oficina de Gestión de Audiencias, siendo un juzgado con competencia en toda la Provincia, petición que al ser elevada es avalada por el Señor Juez Dr. Horacio Roglan; que la Dirección de Recursos Humanos informa sobre la dotación de personal del Juzgado de Ejecución Penal; que analizada la situación planteada, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita facultando a Presidencia a convocar a un aspirante de la lista de orden de méritos vigente para la primera circunscripción judicial. 

OCTAVO: Sra. Juez del Juzgado de Paz de Herradura Dra. Maricel s/pedido. Y VISTOS: Que la Señora juez de paz de Herradura Dra. Maricel Oviedo de Dure, solicita se designen dos (2) empleados administrativos y un (1) ordenanza para el juzgado a su cargo, reconociendo que si bien no se cuenta con espacio físico para albergar a nuevos empleados, los mismos son necesarios para atender la acumulación de tareas, con la consiguiente posibilidad de contar con un local más amplio para el desarrollo de las actividades, informando las cantidad de expedientes ingresados en el corriente año; que la Dirección de Recursos Humanos informa la dotación de personal del Juzgado de Paz de Herradura, y el Área de Estadísticas el movimiento de causas de los últimos tres años, por lo que ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado.

NOVENO: Sra. Directora de la Escuela Judicial Dra. Mónica S. Cantero s/pedido. Y VISTOS: Que la señora directora de la Escuela Judicial Dra. Mónica Silvia Cantero, solicita se contemple la posibilidad de asignar un (1) empleado administrativo con conocimientos de informática, con el objetivo de optimizar el servicio que brinda la Escuela Judicial; solicita asimismo se contemple la posibilidad de cerrar una parte del hall de acceso al aula “Escribana Célica Amado Cattáneo de Rave” para poder contar con un espacio destinado a la guarda de elementos didácticos que se utilizan habitualmente; que la Dirección de Recursos Humanos informa la dotación de personal de la Escuela Judicial y el Sr. Ministro Coordinador Dr. Eduardo Manuel Hang avala la petición pero orientada a designar a un agente en el Escalafón “Servicios e Infraestructura” en atención al perfil que se requiere, por lo que ACORDARON: Hacer lugar como sugiere el Señor Ministro Dr. Eduardo Manuel Hang autorizando a Presidencia a disponer lo pertinente. Por Secretaria de Gobierno, instrúyase al responsable del edificio “Tribunales”, para realizar el cerramiento que solicita la Señora Directora de la Escuela Judicial, en el acceso del aula magna.

DECIMO: Agte. Silvana B. Coronel s/Pedido Y VISTOS: Que el la agente Silvana Beatriz Coronel, quien presta servicios en la Escuela Judicial y detenta título de abogada, solicita su traslado a la Sala Primera del Tribunal del Trabajo, para cubrir la vacante que dejara el ascenso del Dr. Hugo del Rosso en esa dependencia, quien pasó a desempeñarse como juez de la Sala Tercera del Tribunal del Trabajo; que la Directora de la Escuela Judicial no opone objeciones al traslado pretendido; que si bien el traslado puede concretarse, la asignación de funciones específicas como las que cumplía el Dr. Hugo del Rosso (secretario relator) sólo puede concretarse a partir de la observancia de los mecanismos reglamentarios específicos, que requieren de la oportuna propuesta de los magistrados que integran la Sala Primera, por lo que ACORDARON: Téngase presente.

DECIMOPRIMERO: Agte. María Mercedes D’augero s/pedido. Y VISTOS: Que la agente María Mercedes D’augero, quien se viene desempeñando en el Cuerpo Letrado de Apoyo desde el 28 de mayo de 2008, solicita ser incorporada en Planta Permanente, al haber cumplido con los requisitos que exige la Resolución n° 14/11; que la Dirección de Recursos Humanos informa que efectivamente la causante acredita contar con los extremos que indica la reglamentación vigente, sin embargo el Servicio Administrativo Financiero comunica que en el cargo inicial del Escalafón Administrativo (Auxiliar) que es donde debería ingresar la Dra. María Mercedes D’augero no existen a la fecha cargos vacantes; por lo que corresponde tener presente la pretensión para su oportunidad; siendo así, ACORDARON: Tener presente para su oportunidad. -Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-

Ariel Gustavo Coll

Eduardo Manuel Hang   -   Guillermo Horacio Alucín   -   Marcos Bruno Quinteros   -   Ricardo Albero Cabrera  

Sergio Rolando López

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