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Acuerdo 2791 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2791

ACUERDO N°2791

En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día diecinueve de marzo del año dos mil catorce, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, doctor Marcos Bruno Quinteros, los señores Ministros, doctores Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucin, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, con la presencia del señor Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, para considerar:

PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes resoluciones: 1º) Resolución Nº 146/14 (Sup.) Por  la que se interrumpe, por estrictas razones de servicio, el usufructo de la licencia compensatoria de Feria Judicial Ordinaria 2013 al agente Edgardo Narciso Morel a partir del día 26 de febrero del presente año, quien deberá hacer uso de días no usufructuados antes del 30 de septiembre de 2014  (conforme Art. 39 del R.I.A.J.). 2º) Resolución Nº 158/14 (Sup.) Por la que se interrumpe, por estrictas razones de servicio, el usufructo de la licencia compensatoria de Feria Judicial Ordinaria 2013 a la agente María del C. Zaracho de Saguier a partir del día 10 de marzo del presente año, los que deberá hacer uso antes del 30 de septiembre de 2014  (conforme Art.39 del R.I.A.J.) Todo lo cual ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.

SEGUNDO: “Sr. Ministro Eduardo M. Hang s/ Presentación”: Visto el Expte. Nº 41/2014 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.), por medio del cual el Sr. Ministro coordinador de la Escuela Judicial eleva una serie de propuestas tendientes a evitar inconvenientes en los puntajes obtenidos por los empleados derivados de los cursos dictados por la Escuela Judicial. Por lo que ACORDARON: 1) Aprobar las propuestas formuladas por el Sr. Ministro coordinador de la Escuela Judicial, instrumentándose a través de la Dirección de la Escuela Judicial y el Consejo Académico los mecanismos necesarios para establecer los requisitos de aprobación de los cursos, la confección y entrega de certificados, la afectación del personal y recursos económicos necesarios para la realización de los cursos. 2) Facultar a Presidencia a contratar a un empleado con perfil técnico a los fines especificados por el Sr. Ministro coordinador.

TERCERO: “Sr. Ministro del S.T.J Dr. Ariel Gustavo Coll S/ Proyecto de Pliego para futuros llamados a licitación para la adquisición de equipos informáticos”: Visto la Nota Nº 190/14 mediante la cual el Sr. Ministro Dr. Ariel Gustavo Coll eleva a consideración del Alto Cuerpo un proyecto de Pliego para los futuros llamados a Licitación para la adquisición de equipos informáticos, en consonancia con el modelo elaborado para dichos fines por la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, conforme Disposición Nº 1/2013, estableciendo las bases necesarias para la adquisición de equipamiento informático con posterior garantía del servicio técnico,  ACORDARON: 1) Aprobar el proyecto de Pliego para los futuros llamados a Licitación para la adquisición de equipos informáticos elevado por el Sr. Ministro Dr. Ariel Gustavo Coll. 2) Incorporar a la presente Acta como Anexo I el proyecto en cuestión, el que pasa a ser para integrante de la misma.

CUARTO: “Sr. Secretario de Gobierno – Dr. Carmelo J. Todone s/ solicitud”: Visto la solicitud efectuada por el Sr. Secretario de Gobierno Dr. Carmelo J. Todone, peticionando se excluya, como requisito para la inscripción de aspirantes al ingreso del escalafón administrativo del Poder Judicial, el certificado de aptitud física y la documentación acreditante de conocimientos básicos en computación, ello toda vez que al  momento de ingresar son examinados por la Oficina de Reconocimientos Médicos y los conocimientos en computación son evaluados al tiempo del examen de dactilografía en cuanto a velocidad en la escritura, manejo del teclado y del sistema informático. Siendo atendibles las razones dadas por el señor Secretario de Gobierno, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y excluir como requisito previo a los aspirantes a ingresar al escalafón administrativo el certificado de aptitud física y la documentación acreditante de conocimientos básicos en computación. Instruméntese por Secretaría de Gobierno y hágase saber a los interesados.

QUINTO: “Dra. Graciela Patricia Lugo, Juez Civil y Comercial Nº 6 s/ pedido”: Visto la solicitud elevada por la Sra. Juez en lo Civil y Comercial Nº 6, Dra. Graciela  Patricia Lugo de concesión de prórroga para el dictado de sentencias que registran ingreso en el mes de febrero del corriente año, correspondiente a los Exptes. Nº 299/05, 652/06, 369/07 y 205/08, en orden a lo normado por el art. 167 del CPCC y atendiendo los fundamentos esbozados por la magistrada, ACORDARON: Conceder la prórroga solicitada por el término de cuarenta (40) días, de conformidad con lo establecido en el Art. 167 apartado 2) del CPCC, para el dictado de sentencia en los expedientes mencionados.

SEXTO: “Dra. María Eugenia García Nardi s/ pedido”: Visto la solicitud formulada por la Sra. Presidente de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Dra. María Eugenia García Nardi- relativa a la designación de un empleado administrativo de la Lista de aspirante vigente para cumplir funciones en el Tribunal a su cargo, atento la vacante generada por el traslado de la agente Leoncia Ruiz Díaz a la Defensoría de Pobres y Ausentes Nº 1, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita, facultando a Presidencia a convocar a una persona integrante de la lista de mérito de aspirantes a ingresar al escalafón administrativo vigente para la Primera Circunscripción Judicial.

SEPTIMO: Dr. Carlos María Miers, Juez del Juzgado de Menores s/ pedido: Visto el pedido formulado por el Sr. Juez de Menores – Dr. Carlos María Miers - solicitando se arbitren los medios necesarios a fin de llamar a concurso para cubrir el cargo de Delegado de Libertad Vigilada de la dependencia a su cargo, ante la vacante producida por jubilación de la agente María Fátima Sbardella. Atento el informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Llamar a concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Segunda –Delegado de Libertad Vigilada- para el Juzgado de Menores de la Primera Circunscripción Judicial, facultando a Presidencia a disponer los trámites pertinentes al efecto.

OCTAVO: Asociación Judicial Formosa s/ Pedido Incremento Salarial: Visto la Nota Nº 220/2014 del registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.), en la que la mencionada entidad gremial solicita una recomposición salarial del treinta y cinco por ciento (35%), sin desdoblamiento, considerando la inflación acumulada en el último tramo del año 2013 y las proyecciones a partir de la publicación por parte del INDEC del índice inflacionario. Atento a lo informado por el Servicio Administrativo Financiero, dando cuenta de la inexistencia de disponibilidad presupuestaria para hacer frente a lo peticionado, ACORDARON: Autorízase a Presidencia a realizar las gestiones pertinentes.

NOVENO: “Sras. Juezas de la Excma. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial s/ Pedido: Visto la propuesta efectuada por las Sras. Juezas miembros de la Excma. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, Dra. María Eugenia García Nardi, Dra. Telma C. Bentancur y Dra. Vanessa J.A. Boonman, de designar a la agente Dra. Isella Patricia Argañaraz como Secretaria Relatora de dicho Tribunal, en función de la vacante generada por el traslado de la Dra. Daldovo al Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6, cargo que viene subrogando en función de la licencia de largo tratamiento desde el 23 de Septiembre de 2013 y considerando que la agente propuesta cumple con los requisitos impuestos por las Acordadas Nº 2690/11 (pto. 9) y Nº 2598/09 (pto. 17), toda vez que cuenta con título de abogado y con la correspondiente aprobación del curso de aspirantes a secretarios. ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y designar a la agente Dra. Isella Patricia Argañaraz como Secretaria Relatora, quien prestará servicios inherentes al cargo en la Excma. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos y el S.A.F. a sus efectos.

DECIMO: “Dra. Vanesa Verdún s/ solicitud de designación Secretario Civil”: Visto el Expte. Nº 43/2014, registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.), por medio del cual la Sra. Juez de Paz de Menor Cuantía Nº 3, Dra. Vanesa Verdún, solicita la designación de un Secretario Civil para el Juzgado a su cargo, teniendo en cuenta la lista que al efecto se conformara, al tiempo de la creación del juzgado, con quienes se postularon para cubrir dicho cargo, de la cual surge que el Dr. José Alberto Cuevas se encuentra en primer lugar en la misma. Habiendo informado la Dirección de Recursos Humanos la dotación del Juzgado, de la cual surge la vacancia del cargo en cuestión. Considerando asimismo los antecedentes académicos y profesionales que se adjuntan, así como la constancia de aprobación del Curso de Aspirantes a Secretarios Judiciales expedido por la Dirección de la Escuela Judicial, y siendo atribución de este Superior Tribunal de Justicia la cobertura de la vacante (Conf. Art.170 inciso 9 de la Constitución Provincial y 27 inciso 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial), se considera que el abogado José Alberto Cuevas posee idoneidad técnica y el perfil necesario para el ejercicio de la función de Secretario con la categoría de Oficial Superior de Segunda. Que en función de ello, ACORDARON: Designar en el cargo de Oficial Superior de Segunda al abogado José Alberto Cuevas, DNI Nº 22.486.450, para que cumpla funciones como Secretario Civil del Juzgado de Paz de Menor Cuantía Nº 3 de la ciudad de Formosa, a partir del día 25 de Marzo del corriente año. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos y el S.A.F. a sus efectos.

DECIMO PRIMERO: “Sra. Directora Subrogante de Recursos Humanos, Liliana Luna s/ proyecto”: Visto el Expte. Nº 37/2014, registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.), por medio del cual la Sra. Directora Subrogante de Recursos Humanos, Liliana Luna, eleva proyecto de modificación de las licencias por lactancia previstas en el art. 46 del RIAJ, extendiendo el beneficio hasta que el lactante cumpla un año de edad, ACORDARON: Aprobar el proyecto presentado, derogándose el segundo párrafo del art. 46, el cual será reemplazado por el siguiente texto:“Este permiso se extenderá hasta que el niño cumpla los doce (12) meses de edad”, el que formará parte de la reglamentación a partir del día de la fecha.

DECIMO SEGUNDO: “C.P. Dikos Balat María Soledad  a/c Compras y Suministros s/ pedido”: Visto la Nota Nº 356/14 presentada por la Contadora María Soledad Dikos Balat, solicitando se designe un agente administrativo para cubrir la vacante generada por el traslado del agente Mario González al Ministerio Público, como asimismo un ordenanza para la Oficina a su cargo. Teniendo presente el informe de la Dirección de Recursos Humanos que da cuenta que el agente González fue, efectivamente, trasladado al Centro de Investigaciones Forenses y la dotación actual del personal de dicha dependencia, ACORDARON: 1) Hacer lugar al pedido de designación de un agente administrativo, facultándose a Presidencia a convocar a una (1) persona integrante de la lista de mérito de aspirantes a ingresar al escalafón administrativo vigente para la Primera Circunscripción Judicial. 2) No hacer lugar a la solicitud de ordenanza, atento a la dotación existente.

DECIMO TERCERO: “Sra. Juez de Paz Nº 1 – Dra. Sheila Machuca s/ pedido” Visto la Nota Nº 179/14 por la cual la Sra. Juez de Paz Nº 1, Dra. Sheila Machuca, solicita la provisión de una bordeadora de dimensiones pequeñas, para utilizar en la limpieza y desmalezamiento de los espacios verdes existentes en la dependencia a su cargo. Atento a lo dispuesto por Acta Nº 2.788, punto décimo, ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado.

DECIMO CUARTO: “S.S. Juez en lo Civil, Comercial del Trabajo y Menores Nº 7 – Dr. Darío Carlos Bitar s/ Incremento Caja Chica”: Visto la Nota Nº 265/14 presentada por el Sr. Juez en lo Civil, Comercial del Trabajo y Menores Nº 7, Dr. Darío Carlos Bitar, peticionando un incremento en la asignación destinada a la compra de combustible y de vales para las comisiones a la Ciudad de Formosa, correspondientes a la caja chica. Teniendo en consideración la sugerencia vertida por el Sr. Ministro Coordinador del área, Dr. Guillermo Horacio Alucín. ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y disponer  que, a partir del 01 de Abril del año en curso, el Juzgado en lo Civil, Comercial del Trabajo y Menores Nº 7, cuente con una caja chica por valor de pesos un mil ($1.000) y vales de combustible por la suma de pesos quinientos cincuenta ($ 550). Impleméntese y notifíquese al S.A.F. a sus efectos.

DECIMO QUINTO: “Sra. Ujier Mirta Griselda Miranda s/ Incremento Caja Chica”: Visto la nota Nº 202/14  presentada por la Sra. Ujier Mirta Griselda Miranda, peticionando un incremento en la asignación destinada a la caja chica, atento a las variaciones de los precios de público conocimiento. Teniendo en consideración el informe efectuado por el S.A.F., ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y disponer  que a partir del 01 de Abril del año en curso la Oficina de Mandamientos y Notificaciones cuente con una caja chica por valor de pesos un mil ($1.000) Impleméntese y notifíquese al S.A.F. a sus efectos.

DECIMO SEXTO: “M.M.O. Irma Ferrari – Oficina de Infraestructura- s/ Incremento Caja Chica”: Visto la nota Nº 206/14 presentada por la M.M.O. Irma Ferrari –Oficina de Infraestructura-, peticionando un incremento en la asignación destinada a la caja chica, atento a las variaciones de los precios de público conocimiento. Teniendo en consideración el informe efectuado por el S.A.F., ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y disponer  que a partir del 01 de Abril del año en curso la Oficina de Infraestructura cuente con una caja chica por valor de pesos un mil ($1.000). Impleméntese y notifíquese al S.A.F. a sus efectos.

DECIMO SEPTIMO: “Agentes Hugo H. González y Adrián A. Gómez s/ solicitan permutar dependencias”: Visto el el Expte. Nº 38/2014, registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.), por medio del cual los agentes Hugo Heber González, auxiliar administrativo que presta servicios en el Juzgado Civil, comercial y del Trabajo Nº 7 de la Localidad de El Colorado y Adrián Alfredo Gómez, auxiliar administrativo con prestación de servicios en el Excmo. Tribunal de Familia con asiento en esta ciudad, solicitan permutar de dependencias en las que se desempeñan con la conformidad de sus superiores jerárquicos para el caso, Dr. Darío Carlos Bitar, Juez de El Colorado y Dra. Viviana Karina Kalafatich. Teniendo en cuenta lo normado por el art. 83 inc. d), ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado, ordenando el traslado de los agentes involucrados en la permuta en los términos de la reglamentación vigente. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos.

DECIMO OCTAVO: “Agente Fredy E. Trinidad s/ Pedido”: Visto la solicitud formulada por el Agente Fredy Enrique Trinidad, para ejercer la docencia durante el presente ciclo lectivo, en el profesorado en Filosofía, en la Localidad de Villa Dos Trece, en horario nocturno, con una carga horaria de cinco horas semanales. Teniendo presente el informe de la Dirección de Recursos Humanos del cual surge la situación de revista del agente y el título de profesor que ostenta, ACORDARON: Autorizar al agente Fredy Enrique Trinidad para ejercer la docencia, sin exceder las doce horas semanales y sin resentir el desempeño de las funciones a su cargo, de conformidad con lo que dispone el art. 8 inc. c) del R.I.A.J.

DECIMO NOVENO: Agente María Susana Cabrera s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la agente María Susana Cabrera, el informe efectuado por la Oficina de Reconocimientos Médicos y el dado por Dirección de Recursos Humanos, atento a que la agente en cuestión ha iniciado el trámite jubilatorio por invalidez, ACORDARON: Conceder licencia a la agente María Susana Cabrera, desde el 11 de Marzo de 2014 y hasta el 10 de Mayo del mismo año, de conformidad con lo normado por el art. 49 del R.I.A.J.

VIGESIMO: Agente Nancy Sotelo s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la agente Nancy Sotelo, el informe efectuado por la Oficina de Reconocimientos Médicos y el dado por Dirección de Recursos Humanos, atento a que la agente en cuestión ha iniciado el trámite jubilatorio por invalidez, ACORDARON: Conceder licencia a la agente Nancy Sotelo, desde el 01 de Marzo de 2014 y hasta el 29 de Abril del mismo año, de conformidad con lo normado por el art. 49 del R.I.A.J. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.

Marcos Bruno Quinteros

Ricardo Alberto Cabrera     -     Guillermo Horacio Alucin     -     Eduardo Manuel Hang     -     Ariel Gustavo Coll

Sergio  Rolando López

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ANEXO  I

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO

    El presente pliego de especificaciones técnicas fue redactado en base a los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública (ETAP Versión 19.0) elaborados por la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI) dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. La versión 19.0 fue aprobada por Disposición 1/2013, publicada en el Boletín Oficial No. 32.692 de agosto del 2013 (sitio web: www.jgm.gov.ar).

1. Objetivo
Adquisición de equipamiento informático para ser instalados y conectados en las dependencias del Poder Judicial de Formosa, a la Red Judicial Provincial; para uso exclusivo del personal, con acceso a correo electrónico, intranet/internet y demás aplicaciones ofimáticas que demande la Institución.

2. Condiciones Generales
La presente es una invitación a presentar una propuesta técnica y económica para la adquisición de equipamiento informático para las distintas dependencias judiciales.
En el caso de solicitarse servicios – instalación del equipamiento, etc. - los mismos serán realizados en forma completa  conforme a su fin; deberán considerarse incluidos todos los elementos y trabajos necesarios para el correcto funcionamiento, aún cuando no se mencionen explícitamente en pliego.
Todas las propuestas tienen que entregarse de acuerdo con las especificaciones e información contenidas en el presente, así como en cualquier anexo o complemento, en caso de requerirse, emitido por el Poder Judicial de Formosa.  

El equipamiento ofertado debe cumplir con los siguientes requisitos:
Los elementos ofertados serán nuevos, sin uso, originales de fábrica y su fabricación no deberá encontrarse discontinuada (nuevos y sin uso significa que el Poder Judicial de Formosa será el primer usuario de los equipos desde que estos salieron de la fabrica).
Se proveerán todos los cables necesarios para las interconexiones de los equipos.
Todos los equipos PC y servidores deberán operar con una alimentación 220 VCA 50 Hz, monofásico con toma de 3 espigas planas o 2 espigas planas cuando se trate de equipos que cumplan con aislación de clase II, con fuente incorporada a la unidad, sin transformador externo 110/220.
Para las impresoras se aceptará circuito de doble aislación y/o doble protección así como también fuente de alimentación externa.
Se adjuntarán folletos técnicos de los equipos ofrecidos y en todos los casos se deberán consignar marca y modelo de los mismos. No se admitirá especificar simplemente “según pliego” como identificación del equipamiento ofrecido.
La recepción final de los equipos se hará según lo estipulado en las condiciones particulares de la contratación.

3. Pruebas y comprobaciones
El oferente deberá poner a disposición del Poder Judicial de Formosa, cuando éste lo requiera, un equipo de idénticas características al que se cotiza en la oferta, de manera de poder verificar que responde al modelo ofertado con las características solicitadas y poder realizar sobre el mismo las pruebas de performance.
Estas pruebas y comprobaciones no implicarán reconocimiento de gasto por parte del Poder Judicial de Formosa.
La fecha y lugar de aplicación de las pruebas serán convenidos entre la Institución y el Oferente a efecto de que las mismas se realicen dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de las ofertas.
No se aceptará probar equipamiento cuyas características, marca y/o modelo no se correspondan exactamente con la oferta.

4. Instalación
Los oferentes deberán especificar claramente las condiciones ambientales para que la garantía cubra cualquier eventualidad incluyendo:
a) Tipo de alimentación y potencia eléctrica requerida por las unidades ofrecidas, aclarando si es necesaria la instalación de un estabilizador externo para prever anomalías de la red domiciliaria de alimentación o si es suficiente con el estabilizador propio de la fuente de alimentación del equipo.
b) Superficie propia ocupada por los equipos incluyendo puertas o paneles abiertos para su mantenimiento y espacio destinado a la operación de los mismos, si fuera necesario.
c) Otras características que deban ser tenidas en cuenta para la instalación.

Si el oferente no suministra las especificaciones de la instalación física, el Poder Judicial de Formosa, receptor definitivo del equipamiento, entenderá que no es imputable la falla al mal uso de los equipos por parte del usuario y por lo mismo las eventuales fallas estarán sujetas a reparación dentro de la cobertura que ofrece la garantía.

Cuando en los pliegos se solicite la instalación del equipamiento (servidores, storage, etc.), el oferente deberá estar presente a través de sus técnicos y representantes autorizados en el momento de la instalación de los equipos en el destino definitivo.
A los fines precedentemente señalados la Institución comunicará a la firma adjudicataria la fecha y el lugar de instalación con 5 (cinco) días hábiles de anticipación.

5. Software de base y aplicativos para equipos PC y servidores
El sistema operativo de los equipos de PC y servidores será entregado preinstalado, debiendo el adjudicatario proveer la/s licencia/s de uso correspondientes, su manual original y su Certificado de Autenticidad (COA).
La Garantía de Buen Funcionamiento y Servicio Técnico deberá incluir, para el caso de servidores, al software de base y aplicativos solicitados y comprenderá asistencia técnica para configuraciones, back-ups de archivos, formateado de discos, instalación y customización de patches, habilitación de permisos de usuarios, implementación de políticas de seguridad y todo otro servicio profesional referido al normal funcionamiento del software instalado.

6. Calificación del Oferente
La elegibilidad y calificación del oferente serán definidas por los siguientes requisitos:
1) Con el fin de acreditar que es elegible para participar en la licitación y que esta calificado para cumplir el contrato si su oferta fuese aceptada, el Licitante deberá presentar la siguiente documentación:
a) Copia legalizada de los estatutos y de los documentos constitutivos respectivos. Asimismo debe incluir copia legalizada del poder legal vigente del firmante de la oferta.
b) Lista de las instalaciones de sistemas y/o productos similares vendidos en los últimos 2 años en el país. Dicho listado debe incluir:
1.b.i) Denominación y domicilio de la institución o empresa donde se realizo el trabajo, nombre, apellido y cargo de las personas que puedan ser consultados y fecha de realización.
1.b.ii) Características técnicas del equipamiento utilizado
1.b.iii) Soporte de servicios electrónicos de asistencia (BBS, FaxBack, diagnóstico remoto, páginas Web, etc.).
c) Enumeración de las instalaciones indicadas en el punto anterior que están aún en proceso de instalación.
d) Documentación que acredite alguna de las siguientes condiciones:
1.d.i) Si es fabricante o productor de los bienes ofrecidos con marca debidamente registrada deberá presentar la marca registrada a su nombre y la respectiva inscripción en el Registro Industrial de la Nación.
1.d.ii) Si es representante oficial y/o subsidiaria local del fabricante o productor deberá adjuntar la documentación pertinente que acredite el vínculo.
1.d.iii) Si es distribuidor autorizado oficialmente por el fabricante o productor deberá presentar la autorización del mismo.
1.d.iv) Si quien lo autoriza es la subsidiaria local y/o el representante en Argentina del fabricante o productor, éste deberá acreditar la autorización que posee del fabricante.
Cualquier documentación que no fuere original deberá presentarse con fotocopia certificada por escribano y legalizada, de corresponder, por el Consulado y/o Cancillería.
e) Declaración Jurada con el compromiso de mantener en la ciudad de Formosa, República Argentina, la capacidad técnica y el equipamiento suficientes para suministrar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, de existencia de repuestos y de garantía por un período mínimo de 12 meses a partir de la entrega de los bienes.
f) Deberá acreditarse en forma fehaciente la denominación del fabricante y el lugar de origen de todos los equipos ofertados, debiendo el fabricante acreditar, para el equipamiento ofertado, el cumplimiento del estándar ISO 9001 desarrollado por la International Standards Organization.
1.f.i) La dirección de la planta de ensamblaje certificada bajo ISO 9001, deberá coincidir con el origen de los bienes, debiéndose presentar para ello fotocopia debidamente legalizada como copia fiel del original.
1.f.ii) El lugar de origen de los bienes será definido mediante una declaración jurada, la cual será acreditada con la presentación del Certificado de Origen en el momento de la entrega de los equipos y/o bienes.
1.f.iii) El equipamiento ofertado deberá entregarse “a caja cerrada”, lo que implica que el mismo deberá ser ensamblado y configurado en todos sus componentes por el fabricante o productor, o en su defecto por la subsidiaria local del mismo.
1.f.iv) En todos los casos, tanto para equipos PC como servidores, el microprocesador deberá ser ensamblado en el origen certificado bajo ISO 9001.
2) En el momento de la entrega, los adjudicatarios deberán proveer los manuales de usuario originales correspondientes, preferentemente en castellano o en su defecto en inglés.
3) El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los puntos enumerados en la cláusula 1 determinará que el Licitante sea calificado como EMPRESA NO ELEGIBLE para participar en la presente Licitación. El cumplimiento total de los mismos determinará que el Licitante sea calificado como EMPRESA ELEGIBLE y que su oferta sea evaluada de acuerdo con los términos definidos en el correspondiente pliego.

7. Entrega de Equipos
Los equipos, software y demás elementos deberán estar disponibles para su recepción dentro de los 30 (treinta) días de entregada la Orden de Provisión.
Se entenderá por recepción de los equipos por parte de la Institución al siguiente procedimiento:
1) Inspección muestral  -  cuando lo requiera el Poder Judicial de Formosa - sobre un lote numéricamente representativo del total de los equipos que se fija en un 5% de la cantidad comprada.
2) Para dicho control el Poder Judicial de Formosa designará un representante que verificará la existencia de la totalidad de los equipos en depósito constatando en las máquinas del lote muestral que las mismas coinciden exactamente con lo ofertado.
3) De ser satisfactorio el control muestral se dará por aceptado y recibido el total de los equipos.

8. Garantía de Funcionamiento y Servicio Técnico
La relación para el cumplimiento de la garantía será directamente entre el oferente adjudicatario y el Poder Judicial de Formosa.
La garantía de funcionamiento y el mantenimiento deberá ser integral, en cada una de las partes del equipamiento. Asimismo, incluirá el servicio de reparación con provisión de repuestos originales y/o cambio de las partes que sean necesarias, sin cargo para la Institución.
El oferente adjudicatario se abstendrá de colocar precintos de seguridad en el gabinete a fin de que técnicos del Poder Judicial pueda acceder a los componentes internos.
Para servidores se deberá ofrecer un servicio de garantía con una duración no inferior a  36 meses  a partir de la entrega de los mismos.
Para equipos que no sean del tipo servidores, se deberá ofrecer un servicio de garantía con una duración no inferior a 12 meses, a partir de la entrega de los mismos.
En caso de reemplazo del equipamiento y/o partes del mismo, estos deberán cumplir con características técnicas iguales o superiores a los ofertados oportunamente.
El servicio técnico ofrecido deberá tener una cobertura en el ámbito provincial. Se deberá presentar toda la información que sea necesaria para evaluar y comprobar si el oferente se encuentra en condiciones de brindar el servicio ofrecido.

9. Confidencialidad y Prohibiciones
Los oferentes se obligan a mantener en la más estricta confidencialidad todos los datos a los que puedan acceder o que el Poder Judicial de Formosa ponga en su conocimiento a los efectos de la instalación, reparación y/o configuración del equipamiento adquirido.
Los oferentes no utilizarán para provecho propio, ni facilitarán a terceros, ni divulgarán ninguna información, datos y know how a los que pudieran tener acceso, sin contar con el consentimiento expreso del Poder Judicial de Formosa, asumiendo plena responsabilidad por cualquier trasgresión a esta obligación.
El oferente adjudicatario no podrá transferir parcial ni totalmente ninguna de las obligaciones contraídas derivadas de la contratación.

10. Equipamiento a Ofertar

ITEMS 1: COMPUTADORA DE ESCRITORIO ESTÁNDAR
CANTIDAD:

CARACTERÍSTICAS GENERALES
Tecnología abierta y marca reconocida internacionalmente.
Arquitectura X86 con soporte USB (Universal Serial Bus).
Setup residente en ROM con password de booteo y setup.
Capacidad de booteo remoto a través de la conexión LAN.
Reloj en tiempo real con batería y alarma audible.

GABINETE
 
De chapa de alta calidad.
Fuente de 550W o superior incorporada, con entrada de alimentación eléctrica de 220/240V.
Tipo: minitower o con posibilidad de funcionamiento en posición vertical certificado por el fabricante.

UNIDAD DE PROCESAMIENTO
 
Tipo: INTEL Core i3 2100 o rendimiento superior – 2 núcleos y velocidad de reloj de 2.4 Ghz  
Tipo: AMD Phenom II X4 / APU A6 3620 o rendimiento superior – 2 núcleos y velocidad de reloj de 2.4 Ghz

Cuando se indica “o rendimiento superior” significa que en caso de ofertar un modelo de CPU diferente al indicado, los señores oferentes deberán demostrar mediante benchmarks que el rendimiento del modelo ofrecido es superior al del modelo especificado, teniendo en cuenta que la comparación deberá realizarse indefectiblemente entre CPUs de la misma marca que la ofertada.

PLACA BASE - MOTHERBOARD
 
Tipo: INTEL, ASUS, GIGABYTE, MSI  o de similar rendimiento.

MEMORIA
Tipo: DDR3 o superior.
    Capacidad: 2 GB mínimo ampliable a 4 GB sin cambiar la memoria inicialmente provista.
    Capacidad: 4 GB mínimo.

DISCO DURO
Capacidad mínima:500 GB – Tecnología SATA – Tipo: Seagate, Western Digital, Samsung o superior.

ALMACENAMIENTO ÓPTICO EXTRAIBLE
Unidad de Lectura/escritura de DVD-RW.


VIDEO
Controladora de vídeo SVGA/XGA o superior con soporte de color de 64 bits (mínimo).
Si la placa de video es on-board, la placa madre deberá incluir un slot PCI-E 16X libre.

AUDIO
Plaqueta de Sonido (o chipset integrado).

NETWORKING Y COMUNICACIONES
Placa de Red (o chipset integrado).

CONSOLA
Teclado:
Deberá ser en español latinoamericano, del tipo QWERTY, que incluya función numérica.
Conexión PS/2 o USB.
Preferentemente Tipo: Genius, Logitech o superior.
Mouse:
Optico de 2 botones con scroll.
Conexión PS/2 o USB.
Deberán proveer de mouse pad.
Preferentemente Tipo: Genius, Logitech o superior.

PUERTOS INCORPORADOS
Al menos 4 Port USB con sus conectores externos en gabinete.
1 de los ports USB deben estar disponibles en el frente del gabinete (mínimo).
1 Puerto para mouse (podrá emplear uno de los puertos USB).
1 Puerto para teclado (podrá emplear uno de los puertos USB).
1 Puerto para monitor del tipo DSUB-15 para VGA/SVGA/XGA.

SISTEMA OPERATIVO
Windows 7 Professional, edición 32 bits en español con licencia original.
A fin de garantizar la compatibilidad del hardware ofertado con el sistema operativo solicitado, la estación de trabajo  deberá acreditar haber pasado favorablemente los test de compatibilidad de “Windows 7 –x86”, no aceptando partes o componentes de los mismos, sino la estación en su totalidad. Para ello los oferentes deberán detallar en la oferta el SUBMISSION ID junto al “Windows Logo Verification Report” el cual deberá haber resultado aprobado (approved).

RECUPERACIÓN Y SEGURIDAD
Software de Recuperación preinstalado en disco duro o en CD/DVD de booteo, que permita restaurar la instalación original del Sistema Operativo y configuración de fábrica del equipo, sin intervención del usuario salvo para el inicio de dicho proceso.

 
ITEMS 2: MONITOR LED estándar (17” o superior)
Cantidad:
Características:
Tamaño de la pantalla visible: 17" en diagonal
Relación de aspecto:
Normal (4:3 o 5:4)
Ampliado – WideScreen – (16:9 o 16:10)
Interfaz de conexión a monitor: Analógica RGB-DB15
Resolución Máxima Nativa:
Para Relación de aspecto Normal 1280 x 1024 puntos mínimo
Para Relación de aspecto Ampliada o WideScreen 1280 x 720 puntos mínimo
Tiempo de Respuesta: no mayor a 6 ms
Brillo: no inferior a 250 cd/m2.
Relación de Contraste: no menor de 450:1
Angulo de visión: no menor a 160° Horizontal / 160° Vertical.
Alimentación eléctrica: de 220 V - 50 Hz sin necesidad de transformadores externos.
Se proveerán los cables correspondientes para la alimentación eléctrica y la interconexión con la unidad central de proceso.
Para el caso de ser utilizado con el sistema operativo Windows, y a fin de garantizar la compatibilidad del hardware ofertado con este sistema operativo, el monitor deberá poseer certificación WHCL ("Windows Hardware Compatibility List") versión Premium (no BASIC).
Deberá cumplir con la norma "ISO 13406-2 - Clase I", es decir cero (0) pixeles fallados de cualquier tipo.


ITEMS 3: Unidad de Energía Ininterrumpida para Estaciones de Trabajo

Cantidad:
CARACTERÍSTICAS:
Las Unidades de Potencia Ininterrumpida (UPS) deberán contar con:
Rango de Potencia: (1)

900 VA

Autonomía: no menor a 5 minutos a plena carga.
Tensión de entrada: 200-260 VAC / 50 Hz ± 5 %.
Tensión de salida: 220 VAC ± 5 % (apropiada para cargas de 220-240 VAC).
Frecuencia de salida en línea: sincronizada dentro de 50 Hz ± 3 % y 50 Hz ± 1 % en batería.
Forma de onda de salida: Senoidal o cuasi-senoidal.
Eficiencia mayor al 85 % a plena carga (para disminuir la disipación de calor).
Tomas de salida mínimas: 4 (para 900 VA o más). Uno de los tomas deberá proveer protección contra sobre tensiones exclusivamente, sin estar conectado a la protección de baterías.
Gabinete con conexión a tierra.
Indicación luminosa de encendido (on/off), señalización de pérdida de energía primaria y en batería acústica y luminosa.
Totalmente protegidas contra sobrecarga y con reposición manual de la protección sin necesidad de abrir el equipo.
Baterías herméticas, sin mantenimiento y cambiables por el usuario.
Puerto para conexión con software para cierre automático y ordenado de aplicaciones y sistema operativo. En caso de proteger otro dispositivo diferente de una PC (caso una máquina de Fax, punto de venta, etc.), se puede omitir este requisito.
Deberá ser de alguna de las siguientes tecnologías:
De Doble Conversión

ITEMS 4: IMPRESORA LASER MONOCROMATICA - Estándar

CARACTERÍSTICAS GENERALES
Deberán imprimir no menos de 22 ppm (páginas promedio por minuto) de tamaño A4 y mediana complejidad, que permita imprimir en hoja cortada, tanto en orientación normal como apaisada, tanto en papel blanco alisado como transparencias.
Productividad de por lo menos 10.000 impresiones mensuales.
Permitirá la impresión de textos, imágenes y gráficos en la misma hoja.
Será de tecnología LÁSER.
Tendrá una resolución mínima de 600 x 600 dpi (puntos por pulgada).
Tendrá 1 (UN) depósito (estándar, es decir estar incluido en el precio) de tamaño:
Oficio

de papel de entrada de no menos de:
500 hojas cortadas de 80 gr/m2.

Se aceptará que el equipo contenga 2 (DOS) o más depósitos que sumen la misma cantidad especificada, debiendo quedar éstos incluidos dentro del precio como depósitos estándar.
Tendrá una capacidad de memoria de 16 MB (mínimo).
Deberá permitir la impresión en hojas sueltas tanto en papel blanco alisado como transparencias.

CONECTIVIDAD
Interfaz USB 2.0 o superior.
Interfaz para Red Ethernet (Cable UTP / Conector RJ 45)

SISTEMAS OPERATIVOS
Deberán proveerse los drivers para Windows XP/Vista/7.

INSUMOS
Deberán proveerse (para cada impresora) todos los insumos necesarios (cartuchos de tóner y, de corresponder, el tambor de revelado –drum–) para imprimir a un 5% de cobertura:
10.000 impresiones.

Nota para los organismos: Para estimar la cantidad de meses , se debe tener en cuenta que en promedio un toner típico tiene capacidad de realizar entre 3.000 y  5.000 impresiones con la cobertura indicada.

OTRAS CARACTERÍSTICAS
Deberá poder conectarse directamente a la red de suministro de energía eléctrica de 220V - 50 Hz, además de tener conexión a tierra, o poseer circuito de doble aislación y/o doble protección.
Deberán incluirse los manuales, software de instalación con licencia de uso perpetuo, cables de conexión del equipo con la red de datos o CPU, cables de alimentación eléctrica y todo otro elemento necesario para el normal funcionamiento del equipo.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tel. Conmutador: (0370) 4425.190 - 4426.163 - 4420.215 - 4429.641 - 4426.043

Juan José Silva N° 856 - C.P. 3600 - Formosa

EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

Tel. Conmutador: (0370) 4436.301 al 4436.307

San Martín N° 641 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DEL TRABAJO 

 

Tel. Conmutador: (0370) 4426490 - 4421644 - 4426140 

España N° 157 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DE FAMILIA

 

Tel.: (0370) 442.6925 – 444.5443 – 444.5442

Saavedra N° 369, 371 y 377 - C.P. 3600 - Formosa