ACUERDO N° 2858
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día nueve de septiembre del año dos mil quince, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, doctor Marcos Bruno Quinteros, los señores Ministros, doctores Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucin, Eduardo Manuel Hang, Ariel Gustavo Coll, con la presencia del señor Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, para considerar:
PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de la resolución Nº 278/15 dictada por Presidencia, registro de la Secretaria de Gobierno (Administración), por lo que, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: “Designación de representante técnico”. Visto la solicitud formulada por el Sr. Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, proponiendo al Sr. Director del Laboratorio Médico Forense del Centro de Investigaciones Forenses (CIF), Dr. Juan José Belzki, como representante técnico, quien tendrá a su cargo la relación con el Servicio de Genética Forense del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, por lo que, ACORDARON: Designar al Sr. Director del Laboratorio Médico Forense del Centro de Investigaciones Forenses (CIF), Dr. Juan José Belzki, como representante técnico ante el Servicio de Genética Forense del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
TERCERO: “Sra. Ujier -Mirta Griselda Miranda s/ Solicitudes”. Visto la Nota Nº 0770/15 por medio de la cual la Sra. Ujier, Mirta Griselda Miranda, eleva a consideración de este Alto Cuerpo un “Proyecto de Implementación de modelos de cédulas y mandamientos”, con el objeto de unificar el formato y la redacción de los mismos, evitar planteos de nulidad, reducir las demoras en el libramiento y su diligenciamiento, agilizando el procedimiento de control. Teniendo en cuenta que la estandarización de modelos, la adopción y adaptación de formularios contribuyen a allanar el camino para la implementación definitiva del expediente digital, cuyo uso optativo por parte de los profesionales, podría redundar en el cumplimiento de los objetivos trazados. Por ello y considerando la opinión vertida por la Comisión Consultiva de este Superior Tribunal de Justicia. ACORDARON: Aprobar el “Proyecto de Implementación de modelos de cédulas y mandamientos” el que pasará a formar parte del presente Acuerdo como Anexo I. Publíquese en el portal web oficial.
CUARTO: “Sra. Defensora de Pobres Ausentes e Incapaces de Las Lomitas -Dra. Marta Isabel Castro- s/ situación”. Visto el pedido de goce de la totalidad de licencias adeudadas formulado por la Sra. Defensora de Pobres Ausentes e Incapaces de Las Lomitas, Dra. Marta Isabel Castro, a partir del 01 de mayo del corriente año, teniendo en cuenta que la misma se encontraba gozando de licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento (art.49 del RIAJ), desde el 01 de febrero de 2014 hasta el 30 de abril de 2015, fecha en la cual, la Oficina de Reconocimientos Médicos dictaminó su Alta Médica, disponiéndose el reintegro a sus funciones mediante Acuerdo Nº 2843 punto 17º). Que la presente solicitud data de fecha 07/05/2015, es decir, cuando la funcionaria judicial debía encontrarse en actividad o próxima a reintegrarse (atento al plazo otorgado de 3 días desde su notificación), no obstante, la solicitante efectuó un cómputo estimativo equivalente a 85 días a su favor de ferias adeudadas, considerándose, en forma automática, en uso de las mismas, cuestión que ya ha sido resuelta por Resolución del Cuerpo Nº 29/2015 (Sup.) de fecha 15/06/2015, debidamente notificada a la presentante. En punto a la determinación de los días de feria que le corresponde usufructuar, debemos remitirnos a los informes proporcionados por la Dirección de Recursos Humanos y a lo normado por el art.38 del RIAJ. En función de ello, surge que desde la intimación a reincorporarse, la Dra. Castro, prestó servicios efectivos desde el 02/05/2015 al 01/07/2015, toda vez que en fecha 02/07 comunicó la salida del área de su jurisdicción. En otro orden, Recursos Humanos informó que las inasistencias incurridas desde el 02/07 al 12/09, inclusive, se encuentran justificadas en orden a lo normado por el art. 49 del RIAJ, sin que -a la fecha- hayan sido cumplimentados los requisitos para su debida concesión, de conformidad a lo informado por la Directora del Servicio Médico Laboral, Dra. Blanca Toledo, por lo que ACORDARON: Reconocer a la Dra. Marta Isabel Castro el derecho al usufructo de las ferias compensatorias no gozadas conforme surge del informe de la Dirección de Recursos Humanos, los que podrá usufructuar, en forma fraccionada, cuando las necesidades del servicio lo permitan.
QUINTO: “Agente Diego Martín Caffa s/ solicitudes”. Visto la solicitud formulada mediante Nota Nº 5065/15 por el agente Diego Martín Caffa, a fin de que se lo autorice a ejercer la docencia en la E.P.E.S.Nº 51 “José Gervasio Artigas”, en el nivel secundario, turno noche, con una carga horaria total de 2:10 horas semanales durante el ciclo lectivo 2015, manifestando que no interfiere ni en el horario ni en su desempeño como empleado judicial, por ello y en orden a lo normado por el artículo 8 inc. c) del R.I.A.J, ACORDARON: Autorizar como se solicita.
SEXTO: “Agente Melisa Favatier s/ solicitudes”. Visto la Nota Nº 4775/15 por medio de la cual la agente Melisa Favatier solicita el cese del pago de Falla de Caja que le fuera concedido mediante Acuerdo Nº 2721 punto 4º), teniendo en cuenta que en la actualidad la mencionada agente ha sido afectada a tareas diferentes a las que motivaron el pago del mencionado adicional, ACORDARON: Hacer cesar el pago del adicional en cuestión a la agente Melisa Favatier desde su afectación a las tareas ajenas al manejo de valores. Tome conocimiento el SAF a sus efectos.
SEPTIMO “Dr. Leopoldo Alfonso Montoya s/ situación”. Visto la Nota Nº 424/15 elevada por el Servicio Medico Laboral dictaminando el porcentaje de incapacidad laborativa que sufre el Dr. Leopoldo Alfonso Montoya, recomendando que para el desempeño de las funciones a su cargo utilice faja ballenada lumbosacro permanente, debiendo evitar grandes esfuerzos. Teniendo en cuenta el informe brindado por la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Disponer el reintegro del Dr. Leopoldo Alfonso Montoya a sus funciones, a partir de su notificación, y en función de las tareas que venía desarrollando antes de su baja transitoria. Cúmplase con las indicaciones del Servicio Médico Laboral. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos y el SAF a sus efectos.
OCTAVO: “Agente Myrian Virginia Bortolin s/ informe”. Visto la Historia Clínica presentada por la agente Myrian Virginia Bortolin para acreditar la afección que padece y el Acta de Junta Médica realizada por el Servicio Medico Laboral de la cual surge el grado de incapacidad laboral del setenta por ciento (70%); que en su mérito corresponde conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente desde el día 26 de agosto y hasta el día 24 de octubre inclusive del presente año, sin perjuicio de que una vez transcurridos los quince (15) días hábiles desde su notificación sin haber iniciado el trámite jubilatorio, la Dirección de Recursos Humanos proceda a intimarla al efecto en los términos del artículo 49 in fine del RIAJ; por lo que, ACORDARON: Conceder a la Agente Myrian Virginia Bortolin licencia por enfermedad de largo tratamiento desde el día 26 de agosto y hasta el día 24 de octubre, inclusive, del presente año. Haciéndose saber que, una vez transcurridos los quince (15) días hábiles desde su notificación, sin haber iniciado el trámite jubilatorio, la Dirección de Recursos Humanos procederá a intimarla al efecto en los términos del artículo 49 in fine del RIAJ.
NOVENO: “Sra. Secretaria del Registro Público de Comercio- Dra. María Lucrecia Gallardo s/ renuncia”: Visto la renuncia presentada por Sra. Secretaria del Registro Público de Comercio- Dra. María Lucrecia Gallardo, por haber sido designada mediante Acuerdo Ordinario Nº 1599 de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) como Secretaria Titular del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº1 de la Provincia de Formosa, agradeciendo la confianza depositada en el desempeño de la función encomendada, por lo que ACORDARON: 1º) Aceptar la renuncia presentada por la Dra. María Lucrecia Gallardo al cargo de Secretaria del Registro Público de Comercio, a partir del día de la fecha, agradeciendo los valiosos servicios presados a este Poder Judicial. Por el SAF abónese los emolumentos pendientes que pudieran corresponder. 2º) Haciendo lugar al pedido formulado por la Sra. Jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Dra. Judith Sosa de Lozina, déjese constancia mediante copia en su legajo personal de la nota de felicitaciones elevada por la titular del juzgado, relativas al desempeño de excelencia de la mencionada funcionaria.
DECIMO: "Sr. Jefe de la Oficina de Gestión de Audiencias –Sr. Plutarco Silvestre Guzmán- s/ solicitudes. Visto la nota elevada por el Sr. Jefe de la Oficina de Gestión de Audiencias, Sr. Plutarco Silvestre Guzmán, solicitando un agente del Escalafón Administrativo y un agente del Escalafón de Servicio e Infraestructura para cubrir las necesidades del servicio a raíz del reciente equipamiento de las Salas de Audiencias en el Edificio de Tribunales y la próxima asunción de la Secretaria General de la Asociación Judicial Formosa, Sra. Fátima Gutiérrez. Asimismo obra por cuerda la nota presentada por el agente Jorge Antonio Ortega peticionando su reintegro, atento a la finalización de la licencia que venía usufructuando conforme lo normado por el art. 60 del RIAJ (Representación gremial), y en atención al pedido formulado por la Oficina de Gestión de Audiencias, se contemple la posibilidad de su traslado a dicha dependencia. Teniendo en cuenta los informes proporcionados por la Dirección de Recursos Humanos y la Secretaría de Gobierno, con más la opinión vertida por el Sr. Ministro Coordinador, Dr. Ariel Gustavo Coll, ACORDARON: 1º) Disponer el traslado del agente Jorge Antonio Ortega a la Oficina de Gestión de Audiencias, a partir del día siguiente al cese de la licencia que venia usufructuando (art.60 del RIAJ), acordando la cobertura del cargo administrativo solicitado por el Jefe de la Oficina de Gestión de Audiencias, Sr. Plutarco Silvestre Guzmán. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos, 2º) Al pedido de personal técnico, téngase presente.
DECIMO PRIMERO: DESIGNACION DE SECRETARIO. Y VISTOS: Que en la fecha se ha aceptado la renuncia de la Dra. María Lucrecia Gallardo como Secretaria del Registro Público de Comercio, quedando vacante el cargo. Que siendo atribución de este Superior Tribunal de Justicia, la cobertura de la vacante (cf. Art. 170 inciso 9° de la Constitución Provincial y 27 inciso 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial), se considera que la Abogada Moira Tievas, D.N.I. Nº 28.373.496, quien actualmente presta servicios en la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, posee la idoneidad técnica y el perfil necesario para el ejercicio de la función de Secretario de Primera Instancia. Que en función de lo expuesto, ACORDARON: Designar a la Abogada Moira Tievas DNI N° 28.373.496 en el cargo de Secretario de Primera Instancia con prestación de servicios en el Registro Público de Comercio dependiente del Juzgado Civil y Comercial N.º 3. Facúltese a Presidencia a disponer la fecha de juramento y asunción del cargo. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-
Marcos Bruno Quinteros
Ricardo Alberto Cabrera - Guillermo Horacio Alucin - Eduardo Manuel Hang - Ariel Gustavo Coll
Sergio Rolando López
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ANEXO I
PROYECTO: “IMPLEMENTACION DE MODELOS DE CEDULAS Y MANDAMIENTOS”
OBJETIVO:
Unificar el formato y la redacción de los instrumentos públicos objeto de las funciones de la Dirección de Mandamientos y Notificaciones, reduciendo al mínimo las demoras en el libramiento y cumplimiento de los mismos por observaciones debido al incumplimiento de normativas legales o ambigüedad en el texto.
Agilizar el procedimiento de control previo .
Evitar nulidades .
FUNDAMENTACION:
La Dirección concentra las órdenes judiciales de Tribunales locales y de extraña jurisdicción de todos los fueros e instancias, resultando necesario standarizar la redacción de los mismos asignando los datos reglamentarios obligatorios para evitar dilaciones en el control y ejecución.
La necesidad de mejora en las tareas administrativas-jurisdiccionales que cumplen los Oficiales de Justicia, en el caso concreto de la confección de la respectiva Acta con motivo del diligenciamiento de las Cédulas de Notificación, la cual se realiza mediante el estampado de un sello en cada foja original . Esta tarea, debido a la cantidad de cédulas que se receptan diariamente hace que los mismos deban estampar manualmente el sello que contiene el texto del acta, ocasionando ruidos molestos y demoras en el ámbito laboral; además del deterioro de los sellos y su demora en la reposición de los mismos.
La situación descripta impone modificar la rutina de trabajo interno y formular una nueva que brinde celeridad, uniformidad, eficacia y seguridad que como objetivos permanentes y continuos lleven a implementar novedosos mecanismos que simplifiquen la tarea de los operadores judiciales y que resulten en definitiva beneficiosa a todos los justiciables.
PROPUESTA:
Incorporar el anexo 1, como modelo estandarizado de documentos que se encuentra en el sitio oficial en internet del Poder Judicial y en el Portar intranet, para ser utilizados por los operadores judiciales que deban suscribir y emitir las mismas.
Insertar al momento de la confección de una cédula de notificación por parte de los tribunales, organismos, dependencias del poder judicial, y tambien las que sean suscriptas por los letrados del fisco de la Provincia , municipalidades o de organismos relacionados a las mismas, sea insertado el texto del acta en el que se consigna la diligencia cumplida, conforme anexo 2.
Disponer que los Sres. Oficiales de Justicia, integren los espacios correspondientes a fecha, hora, y constancia de la diligencia cumplida. Cuando aquellos deban hacer constar distintas circunstancias a las expresadas en el texto del acta que estuviera inserto, podrán testar el mismo y manifestar de puño y letra lo que estimen corresponder
MODELO A ESTANDARIZAR:
Anexo 1: texto cédula de notificación.
SAnexo 2: texto acta de notificación.
ANEXO 1
CEDULA DE NOTIFICACION
TRIBUNAL:
SECRETARIA.
Señor :
Domicilio Carácter:
Se Hace Saber a Ud.(s) que en los autos caratulados “...................” Expte. N° ….. F°N°......... Año.............. en trámite ante el Juzgado ….......de la...............Circunscripción Judicial ,sito en...............de esta ciudad, a cargo de....................Secretaría de......se ha dictado la siguiente resolución que en su parte pertinente dice:.”.................., de …......de ….........Fdo.............”
Se adjunta las siguientes copias para traslado (enumerar conf. Art. 136 inc.5) en un total de ….......fs.
Queda Ud.(s) debidamente notificados.
…..............., de...........de................de.............
Anexo 2
(imprimir al dorso del anexo 1)
“Con fecha....................siendo las............horas , me constituí en el domicilio indicado precedentemente, sito en................................. de esta ciudad, requiriendo la presencia del/los.................y.......................encontrándoles......procedí a notificar el contenido de la cédula que antecede, mediante copia de igual tenor que hice entrega a la cual se adjuntan..........................que dejé......................................... . Firma al pie el receptor.....................ante mí que doy fe..................CONSTE....................