Y VISTOS:
La disposición contenida en el Art. 7° de la Ley de Honorarios Profesionales (N° 512); y
CONSIDERANDO:
Que la misma establece la Unidad de Medida Arancelaria, denominada "JUS" y equivalente al uno por ciento (1%) de la remuneración total asignada al cargo de Juez Letrado de Primera Instancia de la Provincia.
Que, la Dirección del Servicio Administrativo-Financiero mediante Expte. N° 8631/17, informa que el nuevo valor del "JUS", conforme a la remuneración total asignada al cargo de Juez de Primera Instancia, acorde con el incremento salarial vigente a partir de septiembre/2017, por Resolución N°71/17 -Adm.- del STJ arrojando el mismo la suma de Pesos SEISCIENTOS VEINTITRES con 86/100 ($623,86);
Por ello, el
EL SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
1º)- Fijar a partir del 01 de septiembre de 2017 el valor "JUS" en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTITRES con 86/100 ($623,86).-
2º)- Disponer que por Secretaría de Gobierno se informe el valor referenciado a las Secretarías de Trámites Originarios y de Recursos de este Superior Tribunal de Justicia, a la totalidad de los Juzgados, Cámaras y Tribunales de Instancia Única de la Provincia y al Consejo Profesional de la Abogacía.-
3°)- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda. Cumplido. ARCHÍVESE.