El Superior Tribunal de Justicia dispuso el ascenso de los agentes de los tres Escalafones de éste Poder Judicial que se encuentran en condiciones, conforme lo reglamentado en el artículo 78 Ter del R.I.A.J.
La medida comenzará a regir a partir del 1° de abril del corriente año, habiéndose encomendado al Servicio Administrativo Financiero a realizar las gestiones para efectuar las previsiones presupuestarias de los montos necesarios para hacer efectivo la referida promoción.
En los considerandos de la medida, la Corte Provincial recordó que por Resolución Nº 154/21 (Sup) se aprobó la última Lista de Orden de Mérito de los agentes de los tres Escalafones de éste Poder Judicial, que se encontraban en condiciones de ascender al 31 de diciembre del año 2.018.
En este contexto, y analizadas las posibilidades presupuestarias de éste Poder Judicial por parte del Superior Tribunal de Justicia y las pautas establecidas en el Reglamento Interno de la Administración de Justicia, se decidió disponer el ascenso de los agentes de los tres Escalafones de éste Poder Judicial, que se encuentran en condiciones conforme lo reglamentado en el artículo 78 Ter del R.I.A.J.
Por su parte, las áreas pertinentes informaron que existe previsión presupuestaria para afrontar las erogaciones que demandarían los ascensos, razón por la cual el STJ dictó el acto administrativo correspondiente (Resolución 25/25).