A C T A Nº 2. 6 1 6
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día diecisiete de marzo de dos mil diez, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el señor Presidente doctor Héctor Tievas, y los señores Ministros, doctores Ariel Gustavo Coll, Arminda del Carmen Colman, Eduardo Manuel Hang y Carlos Gerardo González; y con la presencia del señor Procurador General, doctor Claudio Ramón Aguirre, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones: 1°) Nº 104/10 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se dispuso prorrogar a la agente Norma Elizabeth Caballero el usufructo de los días de feria adeudados de la Compensatoria Judicial Ordinaria dos mil nueve, con cargo de hacer uso de la misma indefectiblemente a continuación de la feria invernal del presente año (Conf. artículo 39 del RIAJ). 2°) N° 109/10 –Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se dispuso interrumpir a la doctora Silvia Beatriz Coronel la licencia compensatoria correspondiente a la Feria Judicial Ordinaria año dos mil nueve por razones de salud a partir del día diecinueve de febrero de dos mil diez (Conf. artículo 40 del RIAJ), con cargo de hacer uso de la misma indefectiblemente en el primer semestre del presente año. 3°) Nº 36/10 – Sec.Gob.Adm.- En virtud de la cual se dispuso rectificar en su parte pertinente el punto tercero del Acta Nº 2.614, consignando como correcto el nombre de Bonifacia Pelozo, manteniéndose inalterable en lo demás. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: III Reunión MERCOSUR y Jornadas Latinoamericanas de Genética Forense: Visto la invitación cursada a este Poder Judicial a efectos de participar en la III Reunión MERCOSUR y Jornadas Latinoamericanas de Genética Forense que se desarrollaran en el Colegio Oficial de Farmacéuticos y Bioquímicos de la Ciudad de Buenos Aires en el mes de mayo del presente año, ACORDARON: Tener presente y dar difusión. TERCERO: Señor Coordinador FLISOL 2.010, Ariel Montenegro s/ Invitación: Visto la invitación cursada para lograr la participación de éste Poder Judicial en el Festival Latinoamericano de Instalación de Software Libre FLISOL 2.010 a realizarse en la ciudad de Formosa el día veinticuatro de abril del corriente año, ACORDARON: Tener presente la invitación formulada, y hacer extensiva la misma a los integrantes de la Dirección de Sistemas Informáticos y declarar de Interés Judicial al encuentro indicado en función de la adopción de software libre en el Poder Judicial de la provincia. CUARTO: Señora Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6, doctora Graciela Patricia Lugo s/ Pedido: Visto la solicitud de prorroga para el dictado de sentencia en los términos del articulo 167 inciso 2 del CPCC formulado por la mencionada magistrada en los expedientes que detalla en su Nota Nº 1.091/10, ACORDARON: Conceder sesenta (60) días de prorroga para el dictado de sentencia en los autos de mención. QUINTO: Llamado a Concurso para Oficial Superior de Segunda (Jefe de Mesa de Entradas) del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6: Visto que en el concurso de oposición y antecedentes que fuera convocado para cubrir el cargo de Oficial Superior de Segunda – Jefe de Mesa de Entradas – del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial, se ha registrado un empate absoluto entre las postulantes Nancy Céspedes y Myriam Núñez; que el Reglamento Interno para la Administración de Justicia no prevé situaciones de paridad en el puntaje (artículos 79 y concordantes del RIAJ) debiendo este tribunal discernir la asignación del cargo entre dos excelentes empleadas del Poder judicial. Que en esa tarea y cotejados los legajos de ambas postulantes, se advierte que la señora Núñez ya detenta el cargo para el que se postulara, bien que en la localidad de El Colorado, y de disponerse su traslado como ella misma lo solicita, se estaría afectando el servicio del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Menores Nº 7 con el consiguiente dispendio de esfuerzos posteriores. Que en función de privilegiar la carrera judicial deviene oportuno asignar el cargo en cuestión a la agente Nancy Céspedes por los meritos acreditados en el concurso convocado por Acta Nº 2.602 punto décimo tercero, por ello, ACORDARON: Designar a partir del día primero de abril de dos mil diez a la agente Nancy Céspedes en el cargo de Oficial Superior de Segunda, Jefe de Mesa de Entradas, del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6 de la ciudad de Formosa. Notifíquese y tomen conocimiento quienes corresponda. SEXTO: Señor Instructor, doctor Alejandro G. Postiglione s/ Pedido: Visto el pedido de prorroga solicitado por el mencionado funcionario para la recta tramitación del Sumario Administrativo caratulado “Delegado Vecinal Santo Amado Nieva s/ Sumario Administrativo” (Expte. Nº 73/09 Sec.Gob.Sup.), ACORDARON: Conceder treinta días de prórroga. SEPTIMO: Señor Instructor, doctor Lucio Leiva s/ Pedido: Visto el pedido de prorroga solicitado por el mencionado funcionario para la recta tramitación del Sumario Administrativo caratulado “Juzgado de Menores s/ Sumario Administrativo” (Expte. Nº 74/10 Sec.Gob.Sup.), ACORDARON: Conceder treinta días de prórroga. OCTAVO: Señor Secretario del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3, doctor Horacio Roglan s/ Pedido: Visto la solicitud para ejercer la docencia universitaria en la Universidad de la Cuenca del Plata en la cátedra de Derecho Comercial y Empresario enmarcada en la manda del articulo 8 inciso c) del RIAJ formulada por el mencionado funcionario, ACORDARON: Conceder como se solicita. NOVENO: Agente Ernesto Wiemann s/ Pedido: Visto la nota presentada por el agente Ernesto Wiemann solicitando se le conceda una nueva prórroga de la licencia por enfermedad de largo tratamiento – artículo 49 del RIAJ – hasta tanto se le otorgue la Jubilación por Invalidez ante la Caja de Previsión Social, y atento el informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Habiéndose agotado holgadamente el plazo que confiere el artículo 49 del RIAJ, no se hace lugar a la licencia requerida. DECIMO: Agente José de Jesús Cardozo s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionado agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida al agente José de Jesús Cardozo licencia por razones de salud desde el día veintiuno de febrero y hasta el día veintidós de abril del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ) e intimar al agente a que de inicio a los tramites jubilatorios pertinentes dado el grado de incapacidad laboral informado. DECIMO PRIMERO: Agente Oscar Antonio Ríos s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionado agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida al agente Oscar Antonio Ríos licencia por razones de salud desde el día dieciséis de febrero y hasta el día veintitrés de marzo del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO SEGUNDO: Agente Silvia N. Ledesma s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida a la agente Silvia N. Ledesma licencia por razones de salud desde el día once de febrero y hasta el día doce de marzo del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO TERCERO: Agente Raquel Garay s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida a la agente Raquel Garay licencia por razones de salud desde el día treinta de enero y hasta el día primero de marzo del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO CUARTO: Agente Hugo R. Rolón s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por el mencionado agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida al agente Hugo Rolón licencia por razones de salud desde el día catorce de marzo y hasta el día doce de mayo del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ) e intimar al agente a que de inicio a los tramites jubilatorios pertinentes dado el grado de incapacidad laboral informado. DECIMO QUINTO: Agente Agueda Teresa Giraudo s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada por la mencionada agente, como asimismo lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Tener por concedida a la agente Agueda Teresa Giraudo licencia por razones de salud desde el día diecisiete de enero y hasta el día diecisiete de marzo y desde el día dieciocho de marzo hasta el día dieciséis de mayo, todos del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO SEXTO: Señor Ministro Coordinador del Área de Sistemas, doctor Ariel Gustavo Coll s/ Propuesta: Y VISTOS: En este acto el Señor Ministro Coordinador del Área de Sistemas, doctor Ariel Gustavo Coll, somete a consideración de los señores Ministros un proyecto de reglamentación para el uso de tecnologías de la información, tendiente a minimizar los riesgos asociados a la pérdida de datos por el uso inadecuado de tecnologías de la información, ante la necesidad de establecer formalmente el modo y condiciones para acceder a los sistemas de información que ya se han implementado y/o que se implementarán en el futuro; como así también la preservación y confidencialidad de las claves de acceso a la red y a los sistemas informáticos que así lo requieren, con el objeto de maximizar la seguridad de los mismos; que luego de un intercambio de opiniones, ACORDARON: Aprobar el Reglamento para el Uso de las Tecnologías de la Información para todo el Poder Judicial de la Provincia, que pasa a formar parte del presente Acuerdo como Anexo I. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-
HECTOR TIEVAS ARIEL GUSTAVO COLL
ARMINDA DEL CARMEN COLMAN EDUARDO MANUEL HANG
CARLOS GERARDO GONZALEZ CLAUDIO RAMON AGUIRRE
Reglamento para el Uso de las Tecnologías de la Información.
1.- Objetivos. Alcances. El presente instructivo tiene la misión de minimizar los riesgos asociados a la pérdida de datos mediante el inadecuado uso de las tecnologías de la información. Las pautas fijadas comprenden a magistrados, funcionarios y empleados de la administración de justicia que en el desempeño de sus funciones tenga acceso a algún componente tecnológico en forma directa o indirecta.
2.- Inobservancia de la norma. Serán pasibles de sanciones los empleados que no observen las normas del presente reglamento. Para la aplicación las medidas disciplinarias se evaluarán a la magnitud y característica del aspecto no cumplido.
3.- Autoridades de aplicación: Serán responsables de hacer cumplir el presente reglamento, los Secretarios y/o jefes inmediatos de los distintos órganos judiciales, los cuales comunicarán cualquier irregularidad a la Dirección de Sistemas informáticos (DSI) quien efectuará un informe técnico que será elevado al Ministro Coordinador del Área para la evaluación de la situación.
4.- Normas:
a) Utilización de los equipos informáticos:
No se podrá alterar la configuración de de los equipos informáticos a iniciativa del usuario, sin autorización previa de la DSI. Tampoco podrán incorporarse dispositivos periféricos sin la asistencia y autorización del órgano informático.
No se podrán conectar dispositivos de almacenamiento de ninguna naturaleza (USB, discos externos, Carrie Disk, etc.), para introducir o extraer información a los equipos informáticos. Salvo en los casos en que se deba realizar copias de seguridad o bien realizar intercambio de información estrictamente laboral. Tampoco podrá introducirse medios de almacenamiento que contengan información particular no vinculada con la administración de justicia.
Se deberán evitar todas las situaciones y conductas que puedan poner en riesgo la integridad de los equipos informáticos, tales como fumar, comer y beber cualquier tipo de bebida en cercanías de los equipos.
Queda prohibido violentar fajas de seguridad del proveedor, servicio técnico de terceros o de la Dirección de Sistemas.
Los usuarios no podrán incorporar al equipo informático ningún tipo de software informático no autorizado (juegos, reproductores multimedias, etc.).
Los miembros de la administración de justicia que deseen utilizar computadoras denominadas móviles (Notebook y Netbook) podrán hacerlo previa autorización del superior inmediato y del Ministro coordinador del Área.
b) Uso y Resguardo de la Información.
Los archivos, registros y documentos contenidos en los equipos informáticos deben utilizarse con una finalidad profesional, no pudiendo ser utilizados para fines personales o particulares. Para todos los casos y situaciones debe respetarse lo establecido en el artículo 6º inc. e) del Reglamento Interno de la Administración de Justicia.
Se jefe de cada dependencia y/o secretario en el caso de los juzgados deberá adoptar las medidas necesarias para que en forma periódica se realicen copias de seguridad por parte del personal de la DSI. El cual deberá etiquetar debidamente el mismo para su correcta identificación y posteriormente resguardarlo en edificio distinto al que se encuentra la oficina judicial.
c) Uso de contraseñas y nombres de usuarios.
El número/nombre de usuario y contraseña es de carácter personal y bajo ninguna circunstancia debe ser comunicada a otra persona. Constituye una obligación para los usuarios, el mantener en secreto dicha información, considerándose una falta grave la inobservancia esta disposición.
Es obligación de todo integrante del Poder Judicial denunciar a la autoridad competente cualquier hecho, evento o circunstancia que hagan presumir que una clave de acceso se encuentra comprometida.
d) Uso de Internet y del Correo Electrónico.
El uso de los servicios de internet queda restringido a los Magistrados y Funcionarios de la Administración de Justicia, pudiendo el Ministro Coordinador del Área Informática, autorizar la conexión de otro miembro cuando considere necesario para el ejercicio de sus funciones.
Solo se permitirá el acceso a los sitios web que contengan información de gobierno, informática, organizaciones sin fines de lucro y educativas, siendo la Dirección de Sistemas la encargada de tomar los recaudos técnicos a tales fines.
Cuando se presenten casos especiales, el Ministro Coordinador podrá autorizar el acceso a páginas que no estén comprendidas en el punto anterior.
Las cuentas de correo electrónico institucionales solo podrán ser utilizados para comunicaciones formales entre organismos y/o entidades judiciales y no judiciales de la jurisdicción provincial como así también de otras jurisdicciones provinciales o y/o nacionales.
Las cuentas de correo electrónico no podrán utilizarse para comunicaciones personales ni para transmitir datos no relacionados con la función judicial. Queda terminantemente prohibido en envío de correo spam (cadena, etc.)
Se prohíbe la descarga de archivos ya sea desde sitios web o recibidos adjuntos a correos electrónicos, salvo en los casos en que se trate de información vinculada con la función.
No podrán utilizarse dispositivos que permitan la conexión y/o distribución de internet de manera inalámbrica.