Estándares Internacionales: Derecho a la vida sin violencia: Violencia física, psicológica y simbólica. Derecho a la Tutela Judicial Efectiva: Acceso a Justicia y debida diligencia; prueba.
Jurisdicción: Formosa
Tribunal: Juzgado de Instrucción y Correccional N.º 6
Resolución: Sentencia N.º 05/19
Fecha: 05/07/2019
SUMARIO
En una causa por el delito de amenazas, el Juez Correccional, determina que el mismo se ha cometido en un contexto de género, valorando la situación de de la mujer y las circunstancias del hecho, debidamente acreditado en la causa mediante las deposiciones periciales que dan cuenta de la permanente situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. A su turno, el Alto Cuerpo, retoma los antecedentes de violencia, y valora las circunstancias de la causa, resaltando la situación de violencia en la que vivía la víctima, naturalizada e invisibilizada, producto de las circunstancias y contexto patriarcal en que se desenvolvía la vida de los involucrados.
INSTRUMENTOS JURÍDICOS
* Ley Nacional N.º 26.485
* CADH
* CEDAW
* Belém Do Pará