Estándares internacionales: Derecho a la vida sin violencia; violencia simbólica, económica-patrimonial y doméstica. Derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad. Derecho a la tutela judicial efectiva; la víctima en el proceso, Acceso a Justicia y debida diligencia.


Jurisdicción: Formosa – 1º Circunscripción

Tribunal: Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 6

Resolución de 1º instancia: N.º 142/2019 - Fecha: 29/03/2019

Resolución de la Cámara Civil y Comercial de Ap.: N.º 19.513 - Fecha: 14/11/2019


SUMARIO

El actor presenta demanda de desalojo contra quien fue su concubina. La jueza hace un reconocimiento judicial, por medio del cual toma contacto con la demandada, quien le exhibe una copia de una resolución del Tribunal de Familia donde se ordena la exclusión del hogar contra el actor por violencia de género. Sin desconocer la calidad de propietario del demandante, la jueza considera que la acción de desalojo se transforma en “una versión reeditada de violencia” contra la mujer, ya que el actor utiliza la vía procesal del desalojo con el objetivo de evadir una orden judicial, en detrimento de la situación de vulnerabilidad en que se encuentra la demandada. En función de los tratados internacionales de protección a la Mujer, doctrina y jurisprudencia, la magistrado resuelve no hacer lugar al desalojo. El actór apeló la sentencia y la Cámara confirma la decisión de 1º instancia considerando válidos los argumentos expuestos por la A-quo.

 


INSTRUMENTOS JURIDICOS

- Convención de Belém do Pará

- Ley Nac. N.º 26.485

 

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