Estándares Internacionales: Derecho a la vida sin violencia: violencia simbólica, violencia psicológica, violencia laboral. Derecho al trabajo y a la seguridad social: no discriminación. Derecho a la tutela judicial efectiva: Acceso a justicia y debida diligencia.
Tribunal: Tribunal del Trabajo – Sala I
Fecha: 25/02/2022
Carátula: F., P. K. C/ Entidad Bancaria** s/ acción común
Resolución: Sentencia N.º 06/22



SUMARIO
La causa inició por el despido arbitrario y discriminatorio de una empleada de un banco, en el cual también fue acusada de defraudación. La actora reclamó por los daños y perjuicios sufridos a raíz de la desvinculación laboral incluyendo una indemnización en razón de los malos tratos recibidos dentro del ámbito laboral por parte del gerente de la sucursal. El Tribunal entendió probado los extremos que demuestran una conducta injustificada por parte del superior jerárquico, donde existe una situación superioridad y de tratos innecesarios para la función de organización y/o coordinación como parte de su rol laboral, encuadrándola como una conducta que afecta directamente la dignidad humana, protegida por la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos y de derechos humanos de las mujeres en específico.

Instrumentos:
- Ley Nacional N.º 20.744 de Contrato de Trabajo
- Ley Nacional N.º 27.580 Aprobación del convenio 190 de la OIT sobre Eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo
- Declaración Americana de Derechos y deberes del Hombre
- Declaración Universal de Derechos Humanos
- Convención de Belém Do Pará
- CEDAW
- Ley Nacional N.º 26.485 de Protección Integral a la Mujer
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** Se reemplazó el nombre real de la parte demandada por “Entidad Bancaria” conforme normativa vigente de preservación de los datos personales de las partes.

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