Derecho a la vida sin violencia: violencia física, violencia psicológica, violencia simbólica. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia, pruebas, medidas cautelares.

JURISDICCIÓN FORMOSA – 1ª Circunscripción Judicial

DEPENDENCIA: Exmo. Tribunal de Familia

AUTOS: C., J. A. c/ M., T. A. s/ VIOLENCIA FAMILIAR

TIPO DE RESOLUCIÓN: AUTO INTERLOCUTORIO

NRO. EXPEDIENTE: 936/14

FECHA DE RESOLUCIÓN: 10/06/2014

SUMARIO

Derechos lesionados: derecho de la mujer a la integridad psicológica.

En el marco de una causa de Violencia Familiar, el análisis de riesgo del equipo interdisciplinario  concluye que se trata de un caso de “Riesgo bajo” y que no encuadraría en el marco de la ley de violencia familiar. El magistrado disiente del dictamen del equipo y realiza un análisis exhaustivo  de la ley 26.485, y basándose en los hechos acreditados en la causa culmina encuadrando el caso dentro de la citada norma, por lo que ordena medidas, no obstante de lo evaluado por los profesionales de la OVI.

INSTRUMENTOS JURÍDICOS:
* Ley Nº 26.485.

 

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