Estándares Internacionales: Derecho a la vida sin violencia: violencia simbólica. Derechos a la no discriminación en la familia: Igualdad de derechos y responsabilidades como progenitores. Derecho a la tutela judicial efectiva: Acceso a justicia y debida diligencia.

 

Tribunal: Excmo. Tribunal de Familia

Fecha: 21/04/2022

Fallo: A. I. 1071/21

 

SUMARIO

En una causa relativa al cuidado personal del menor, la actora, ante la negativa del progenitor, solicitó al Tribunal autorización para el traslado a otra provincia de su hijo menor de edad en razón de una oportunidad laboral. El juez de trámite realiza un análisis integral de la situación familiar, reconociendo falta de diálogo entre los progenitores en procura del bienestar del menor. Asimismo, tomando las palabras de la Sra. Asesora de Menores, entiende que el interés superior del niño no puede separarse de una interpretación con perspectiva de género, ya que el bienestar de su progenitora redunda en favor de menor bajo su cuidado, y por lo tanto, las posibilidades de progreso de la misma no puede quedar circunscriptas a los deseos del progenitor, porque eso sería convalidar un modelo patriarcal que el Poder Judicial debe erradicar. El magistrado resolvió hacer lugar a la pretensión, ordenando acompañamiento terapéutico para los progenitores, en aras de mejorar la comunicación, y una amplia comunicación entre el niño y el papá.

 

Instrumentos:

- Convención sobre los Derechos del Niño

- Opinión Consultiva OC - 17/2 CIDH

- Código Civil y Comercial de la Nación

 

FALLO COMPLETO