Derecho a la vida sin violencia: violencia psicológica, violencia simbólica. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia.  

JURISDICCIÓN FORMOSA: 1ª Circunscripción Judicial

DEPENDENCIA: Excmo. Tribunal de Familia

AUTOS: B., P. E. Y S. C., G. S/ DIV. POR PRES. CONJUNTA- INC. DE MODIF. DE ACUERDO HOMOLOGADO (B., P. E.)

TIPO DE RESOLUCIÓN: AUTO INTERLOCUTORIO

NRO. EXPEDIENTE: 298/11

FECHA DE RESOLUCIÓN: 27/09/2017

SUMARIO

 

Derechos lesionados: derecho de la mujer a la integridad psicológica. En el marco de un incidente de modificación de un acuerdo homologado sobre el cuidado personal de los hijos, S.S. advierte situaciones de violencia, específicamente violencia simbólica y psicológica que el demandado de autos ejerce contra la actora.

 

INSTRUMENTOS JURÍDICOS:

* Ley Nº 26.485, art. 5º.

 

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